lOS letrados de Isabel Pantoja, condenada a dos años de cárcel por un delito de blanqueo de capitales, pidieron aplazar el ingreso en prisión de la cantante para poder celebrar cuatro conciertos que ya tiene cerrados y con entradas vendidas en varias ciudades de España, según informaron desde la defensa, apuntando que este aplazamiento sería hasta mediados de diciembre. Esta solicitud se hace para el caso en el que la Sección Segunda de la Audiencia de Málaga, que se encarga de la ejecución de la sentencia, desestime el recurso de súplica que están preparando y que interpondrán contra la resolución dictada el lunes, en la que se rechazó suspender el ingreso en prisión y se ordenó el cumplimiento de la pena de dos años. Además, en un escrito remitido al Tribunal, se recuerda que presentaron un nuevo recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional y pusieron de manifiesto a la Sala de Málaga que en dicho órgano se ha pedido la suspensión de la ejecución de la sentencia, por lo que pide paralizar los trámites hasta que se admita a trámite dicho recurso.
A este respecto, Isabel Pantoja ingresó unos 47.000 euros para el pago de la multa impuesta por la Sala, que se suman a los 100.000 euros ya pagados, con lo que restaría un millón de euros por abonar, según fuentes de la defensa, que siguen manteniendo que fue rechazado el beneficio de suspensión “a pesar de cumplir los requisitos legales para ello”.
Sin medalla Por otro lado, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía acordó revocar la concesión de la Medalla de Andalucía a la tonadillera, que tendrá que devolver el galardón que recibió en 2002. El Gobierno andaluz ratificó así la decisión que adoptó en abril para hacerla efectiva cuando la sentencia fuera firme, y la revocación incluye la pérdida de los “derechos honoríficos” inherentes a la concesión de la Medalla, según explicó el consejero de la Presidencia, Manuel Jiménez Barrios. Como consecuencia de este acuerdo, la cantante sevillana perderá el tratamiento de ilustrísima y, en su caso, el asiento preferente en los actos públicos organizados por la Junta de Andalucía. La decisión se ajusta a lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 117/1985, de 5 de junio, por el que se crea la Medalla de Andalucía, precepto que establece que la distinción podrá ser revocada cuando la persona a la que se le conceda haya sido condenada por algún hecho delictivo. Este requisito se cumple al haber adquirido firmeza la sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Málaga.