BILBAO- Los patinetes eléctricos no podrán circular por la aceras de Bilbao ni en las vías de la ciudad en las que está permitido alcanzar los 50 kilómetros por hora. El Área de Movilidad del Ayuntamiento elaboró una instrucción en la que regula el uso de vehículos de movilidad personal que entrará en vigor en el plazo de quince días. El concejal del Área, Alfonso Gil, tiene claro que “lo fundamental es que el peatón no se sienta invadido, por eso tenemos claro que por la acera estarán prohibidos”.

Los patinetes eléctricos son un vehículo de uso personal que comenzaron como objeto de ocio para convertirse en muchos casos en un medio de transporte por las ciudades. A su favor, además de que son cómodos de manejar, está que son más baratos que una bicicleta eléctrica y ni siquiera es necesario buscarles aparcamiento. Esto es lo que provoca que cada vez se vean y usen más. Bilbao no es ajena a esta circunstancia.

La apuesta de la capital vizcaina por la sostenibilidad y el medio ambiente hace estos vehículos sean vistos con buenos ojos. En su contra está la invasión que provocan en las aceras en una ciudad en la que el 67% de los desplazamientos se realiza a pie. “No podíamos permitir que supusieran una amenaza para el peatón, por lo que desde el principio hemos tenido claro que debían de salir de las aceras”, señaló Gil. Su postura no discrepa en absoluto con la filosofía del Área, cuya apuesta por la bicicleta eléctrica está ligada a que su uso se circunscriba a la calzada y los bidegorris.

Las primeras recomendaciones, de carácter general, las marcó la Dirección General de Tráfico (DGT), organismo que considera que prevalece la normativa municipal en la regulación de los patinetes eléctricos, ya que es cada ayuntamiento el que regula el uso de su espacio público.

La DGT considera que el patinete eléctrico es un vehículo, con lo cual no puede asimilarse en ningún caso al peatón. Derivado del punto anterior, los patinetes eléctricos no pueden utilizar las aceras y los espacios reservados a peatones, salvo que la autoridad municipal lo autorice. Los patinetes eléctricos deberán circular siempre por la calzada, salvo que la autoridad municipal lo prohíba expresamente. La DGT establece también que el patinete eléctrico no puede ser equiparado a un vehículo de motor. Es por ello que no requiere de permiso o licencia de circulación y conducción, aunque, también en este caso, la autoridad municipal puede exigir el cumplimiento de requisitos técnicos, o incluso permisos municipales en vías de su competencia. La DGT añade que no se requiere un seguro para utilizar un patinete eléctrico, aunque sí existen aseguradoras que lo ofrecen. Finalmente, el organismo responsable de la política vial a nivel estatal señala que los patinetes eléctricos destinados a actividades económicas deberán suscribir una autorización municipal que regule recorridos, horarios y las limitaciones que cada ayuntamiento considere convenientes.

La Instrucción municipal A partir de estas medidas generales el Ayuntamiento de Bilbao tiene ya su propia instrucción que entrará en vigor una vez sea aprobada por la próxima Junta de Gobierno, tras lo que regulará de manera más específica el uso de estos vehículos de movilidad personal. Según explicó Gil, “ya hemos iniciado la redacción de una ordenanza sobre movilidad porque la que tenemos se ha quedado obsoleta”. Sin embargo, dado que las ordenanzas llevan un costo superior en plazos de tiempo y trabajo, es por lo que el Ayuntamiento decidió regular su uso de manera inmediata con la nueva instrucción. El texto ya está redactado y ahora está en fase de consulta con otras áreas implicadas, como es la de la Policía Municipal que será quien se encargará de velar su cumplimiento.

Una vez entre en vigor la nueva normativa, los patinetes eléctricos no podrán circular en ningún caso por las aceras ni por aquellas vías de la ciudad en las que es posible alcanzar los 50 kilómetros por hora. Según explicaron desde el Área de Movilidad esta norma trata de proteger a los usuarios de los patinetes, ya que son vehículos con ruedas pequeñas que pueden perder la estabilidad si conviven en la calzada con vehículos que pueden circular a 50 kilómetros por hora. De esta manera, su uso se circunscribe a las calles de Bilbao en las que la limitación de velocidad es de 30 kilómetros por hora, lo que abarca prácticamente toda el área urbana. Esta medida se aplica también en Madrid.

La instrucción establecerá la necesidad de que los patinetes lleven iluminación para que sean perfectamente distinguibles.

Por otro lado, la normativa establece diferentes categorías en función del tipo de patinetes. Los más pequeños, que pesan unos diez kilos y alcanzan una velocidad máxima de 20 kilómetros por hora, podrán utilizar los bidegorris para sus desplazamientos. El resto, tanto los que pesan alcanzan los 30 kilómetros por hora como los que pueden llegar a circular a 45 kilómetros por hora, solo podrán circular por la calzada.

Otra de las cuestiones que plantea la futura normativa que aprobará el Ayuntamiento de Bilbao es lo que puede ocurrir con su uso para actividades económicas. El concejal de Movilidad señaló que en estos casos estudiarán que “previa autorización municipal, como admite la DGT y siempre con una guía y una presentación de horarios se podrán establecer recorridos”. Gil se refiere, sobre todo, a algunas peticiones de empresas de turismo recibidas en el Ayuntamiento que solicitan realizar recorridos por la ciudad con patinetes eléctricos para los turistas. “A nosotros nos interesa porque las emisiones en estos casos son cero”.