Propuestas rechazadas. El PP ha planteado otras dos iniciativas fiscales que también ha sido rechazadas por las Juntas Generales. La primera proponía elevar al 100% las deducciones fiscales para proyectos de descarbonización y transición energética durante 2026 y 2027, crear una deducción específica por el aumento del coste de los combustibles fósiles para el presente año y extender estas ventajas a los trabajadores autónomos/as. Esta iniciativa no ha suscitado ningún apoyo. En la segunda solicitaba una deflactación adicional del 2% en todos los tramos del IRPF, así como la actualización en el mismo porcentaje de las deducciones familiares y personales (hijos, dependencia, conciliación) y de la reducción por tributación conjunta.
La tributación conjunta "no es una compensación por una ruptura familiar"
Las Juntas Generales debaten de nuevo sobre las modificaciones del artículo 38 del IPRF
Las modificaciones que la última revisión fiscal ha introducido sobre las tributaciones conjuntas han vuelto al debate en las Juntas Generales. El PP había solicitado que los progenitores separados o divorciados puedan optar a esta modalidad en la declaración de la Renta con sus hijos e hijas sin que se les exija "exclusividad económica", siempre que se acredite su participación efectiva en el cuidado y mantenimiento, un planteamiento que ha sido rechazado en bloque por la Cámara. Desde el PNV y el PSE se ha advertido que esas tributaciones conjuntas no pueden convertirse en "una compensación por una ruptura familiar" mientras que EH Bildu ha recordado que también ellos han planteado revisar una modificación que consideran que penaliza a las familias monoparentales.
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Antes de la reforma fiscal, el IRPF trataba de forma diferente a familias con dos progenitores según estuvieran casados, separados, solteros o fueran pareja de hecho, aunque su realidad económica fuera la misma. En algunos casos, esto permitía que uno de los progenitores pudiera hacer la declaración conjunta con los hijos -que supone una reducción de más de 4.000 euros de la base imponible-, incluso cuando el otro también contribuía a su mantenimiento, o convivía en la misma unidad familiar, generando una desigualdad de trato. En los casos de separación o divorcio, uno de los progenitores podía realizar la tributación conjunta con los hijos, incluso cuando el otro progenitor también contribuía económicamente a su mantenimiento.
La reforma establece un trato igual para todos los modelos de familias, con independencia de la situación particular, sean casados, separados, viudos, divorciados o parejas de hecho. En el caso particular de los separados o divorciados, la tributación conjunta queda reservada a los supuestos en los que existe una asunción exclusiva del mantenimiento económico, es decir, situaciones de monoparentalidad real. Al mismo tiempo, se ha reforzado la protección de las situaciones de mayor vulnerabilidad. Entre otras medidas, se ha aumentado la reducción por tributación conjunta para familias monoparentales, de 4.169 euros a 4.800 euros.
"Perjuicio económico"
Para el apoderado del PP Diego Pagadigorria, estos cambios ha supuesto un impacto económico importante en las familias con custodia compartida. "El nuevo sistema introduce desigualdad entre familias con estructuras similares, limitando la consideración de unidad familiar a supuestos de dependencia económica exclusiva, lo que en la práctica excluye a la mayoría de los progenitores separados o divorciados", ha criticado. "Está generando un perjuicio económico relevante para miles de familias en Bizkaia, afectando especialmente a familias con custodia compartida o con sistemas de contribución económica equilibrada a los gastos de los hijos", por lo que ha solicitado que todos los contribuyentes actualmente excluidos puedan optar a la tributación conjunta con sus descendientes, "con independencia de que exista o no exclusividad económica", y una compensación económica para los afectados.
Los partidos que sustentan al Gobierno foral han sido tajantes en su respuesta. "La tributación conjunta no puede ser una compensación por una ruptura familiar", han coincidido los apoderados de ambos grupos. Para el socialista Alberto Álvarez, la propuesta del PP "desactiva un mecanismo antifraude" y "debilita la coherencia" del impuesto. "La tributación conjunta no deja de ser una técnica para determinar la base imponible", ha advertido, "y su reducción no es un derecho absoluto, sino un presupuesto fiscal excepcional. Si aprobáramos lo que está proponiendo, estaríamos privilegiando una condición personal, la de estar separado, y no el criterio económico, que es lo que debe primar". También ha recordado que la reforma fiscal no ha eliminado la posibilidad de tributar de forma conjunta en casos de separación o divorcio, sino que limita su aplicación a los casos de dependencia económica de los hijos.
En la misma línea se ha manifestado la jeltzale Ainhoa Pielo, que ha insistido en que cada persona debe tributar "en base a su capacidad económica". En cualquier caso, ha reconocido que "toda revisión genera debates y pueden existir situaciones concretas que deban ser analizadas con detalle. Ahora corresponde seguir estudiando la evolución de la norma y sus efectos prácticos, valorando en un futuro cercano o medio plazo cualquier actuación que pudiera ser necesaria, siempre desde el rigor y la prudencia que exige una materia tan sensible como la fiscalidad". "Habrá situaciones que habrá que corregir, y en ello se está, por si aparecen disfunciones. Siempre existe un control sobre las normas en vigor", ha coincidido Álvarez.
El debate sobre este asunto proseguirá a corto plazo, ya que los grupos de la oposición se han encomendado a plantear iniciativas para que se revise el artículo 98 del IRPF y se corrijan “supuestos discriminatorios” como consecuencia de la pasada revisión fiscal.
