Cuando el amor se rompía: promesas, pleitos y divorcios en la Bizkaia de la Edad Moderna
Documentos del Archivo Diocesano de Calahorra permiten entender mejor nuestro presente: las luchas actuales por la igualdad, la protección frente a la violencia y la autonomía personal. Lo que ha cambiado son las normas, los marcos legales y las posibilidades de acción
En el imaginario colectivo solemos asociar el divorcio y los conflictos de pareja con la actualidad. Sin embargo, mucho antes de que existieran los juzgados civiles tal y como hoy los conocemos, hombres y mujeres ya acudían a los tribunales para resolver disputas amorosas, exigir el cumplimiento de promesas o escapar de matrimonios marcados por la violencia. Para comprender estas historias debemos viajar a la Edad Moderna y, sobre todo, dirigir la mirada a un lugar concreto: el archivo diocesano de Calahorra.
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Hasta 1861, una parte muy importante del actual País Vasco estuvo bajo la jurisdicción de la diócesis de Calahorra. Ese año, el papa Pío IX creó la Diócesis de Vitoria, reorganizando el mapa eclesiástico. Hasta entonces, cualquier pleito relacionado con el matrimonio, divorcios, nulidades, dispensas o rupturas de promesas, debía tramitarse ante el obispo de Calahorra. Para los historiadores, el Archivo Diocesano de Calahorra es un auténtico tesoro. Custodia miles de expedientes que permiten asomarse a la vida cotidiana de los siglos XVII y XVIII. No son documentos fríos ni meramente administrativos: son relatos de amor, de engaño, de violencia, de esperanza y de frustración. En ellos encontramos tanto conflictos por promesas incumplidas como procesos de divorcio iniciados, en su mayoría, por mujeres.
Una palabra que obligaba
En la Edad Moderna, la promesa de matrimonio tenía un peso enorme. En una sociedad mayoritariamente analfabeta, la palabra dada era el vínculo más sólido. Dos personas podían comprometerse verbalmente, ante testigos o incluso en privado, y ese compromiso era socialmente considerado casi tan fuerte como un contrato. Sin embargo, tras el Concilio de Trento (1545-1563), la Iglesia estableció normas claras: para que un matrimonio fuera válido debía celebrarse públicamente en la iglesia, ante un sacerdote y testigos, y tras la proclamación de amonestaciones en tres misas consecutivas. Las simples promesas no constituían matrimonio válido.
La teoría era clara. No obstante, la práctica, era mucho más compleja. En muchos lugares se seguía creyendo que el intercambio de promesas, e incluso las relaciones íntimas derivadas de ellas, generaban un vínculo casi matrimonial. Cuando una de las partes rompía el compromiso, la otra podía acudir a los tribunales eclesiásticos para exigir que se cumpliera la palabra o que se compensara el daño sufrido. No se trataba solo de una cuestión sentimental: la reputación, el honor y el futuro económico estaban en juego.
Uno de los casos más fascinantes conservados en los archivos es el de Domingo de Chavarría y Dirin y María de Abieta, ambos naturales de Bilbao. Para nosotros son Chomin y Marichu, los nombres cariñosos que se dedicaban en sus cartas. En 1703, María demandó a Domingo por romper su promesa de matrimonio tras tres años de relación. Durante el proceso presentó como prueba varias cartas enviadas por él.
Son documentos extraordinarios, no solo por su valor jurídico, sino por su humanidad. Domingo se dirigía a ella como “hija mía de mi corazón” y firmaba como “Chomin”. Se despedía con expresiones como “quien de corazón te quiere y te estima”, y todas las cartas concluían con un “agur”, reflejo del uso cotidiano del euskera en el Bilbao del siglo XVIII.
En algunas misivas aparecen referencias a su hija Josefa, a la que llamaban Pepachu. Domingo incluso expresaba su deseo de tener otro hijo y volver a sentir las patadas del feto en el vientre de María. En una frase especialmente conmovedora escribió que esperaba “estar recibiendo patadas de hijo o hija, como en la noche de Navidad”. Estas palabras nos muestran una faceta íntima y tierna de la paternidad en el Antiguo Régimen, rompiendo tópicos sobre la frialdad emocional del pasado.
El 11 de abril de 1704, el obispo de Calahorra dictó sentencia: Domingo debía casarse con María o pagar 150 ducados, además de las costas procesales. Pero el caso no terminó ahí. Ambos apelaron. María exigía 2.000 ducados; Domingo se negaba a casarse o a pagar esa suma. Finalmente, según los registros, nunca llegaron a casarse. Esta historia es mucho más que un pleito amoroso. Nos habla del peso social de la palabra, del valor probatorio de una carta y de la capacidad de una mujer para acudir a la justicia en defensa de su honor.
Separarse sin romper el vínculo
Si la ruptura de promesa concernía a quienes todavía no habían llegado al altar, el divorcio, más propiamente la separación de lecho y habitación, afectaba a quienes ya habían contraído matrimonio. En la Edad Moderna no existía el divorcio civil tal y como lo entendemos hoy; la única vía posible era la eclesiástica.
Para la Iglesia, el matrimonio era un sacramento indisoluble, un vínculo que no podía romperse. En situaciones extremas, no obstante, podía autorizarse el divorcio: los cónyuges cesaban la convivencia, pero seguían unidos jurídicamente y no podían contraer un nuevo matrimonio.
Las demandas se presentaban ante el tribunal eclesiástico, y la mayoría eran iniciadas por mujeres. ¿El motivo principal? Los malos tratos; es decir, la violencia dentro del hogar. Hoy tendemos a pensar en la violencia doméstica como un problema contemporáneo. Sin embargo, los expedientes de los siglos XVII y XVIII demuestran que era una realidad profundamente arraigada. Los documentos hablan de golpes con palos, puñetazos, patadas, cuchilladas, amenazas de muerte, encierros y expulsiones nocturnas del hogar. También aparecen otras conductas: maridos que se emborrachaban, que dilapidaban la dote de la esposa, que perdían el dinero en el juego o que mantenían relaciones extramatrimoniales.
La lista de ejemplos es larga: en 1657, la bilbaína María Gregoria pidió el divorcio porque su marido la golpeaba con un palo hasta dejarle el rostro lleno de hematomas. De hecho, una noche, los vecinos tuvieron que intervenir para evitar que la matara. Por su parte, en Durango, Antonia denunció que su marido la amenazaba con espada y cuchillo, y que la había contagiado una enfermedad tras mantener relaciones con otras mujeres.
Más ejemplos
En 1682, otra mujer en Bilbao relató que su esposo la empujó por las escaleras, la encerró en el balcón y la amenazó estando embarazada. En torno a 1700, en la zona de Markina, Marina solicitó la separación tras apenas seis meses de convivencia: su marido se emborrachaba constantemente, le negaba alimento y la insultaba. Especialmente brutal fue el caso de Manuela, en Lekeitio: fue golpeada tras dar a luz y arrastrada por el cabello; en otro embarazo recibió golpes en el vientre que le provocaron un aborto. Además, su marido convivía públicamente con otra mujer con la que tuvo una hija.
Muchas de las mujeres que iniciaron estos procesos judiciales buscaron refugio en conventos durante el procedimiento. El motivo era lógico: abandonaban el hogar que compartían con sus maridos, a quienes habían acusado de malos tratos y de los que querían divorciarse. Ese fue el caso de María Susana Larrinaga Arrazola, que se refugió en el convento de la Esperanza de Bilbao, y el de María Baraya, que hizo lo propio en el convento de Santa Susana de Durango.
Estos casos, conservados en los archivos de Calahorra, muestran que la violencia no distinguía entre costa e interior, entre villas grandes y pueblos pequeños, ni entre clases sociales. La diferencia es que las familias acomodadas tenían más recursos para afrontar los costes del proceso judicial, por lo que su rastro documental es más abundante.
Asimismo, dado que el castellano era la lengua utilizada por el clero diocesano, mientras que un porcentaje muy elevado de la población era monolingüe en euskera, las traducciones entre ambas lenguas resultaban frecuentes. La sociedad del Antiguo Régimen era profundamente patriarcal. El marido era considerado cabeza de familia y la esposa le debía obediencia. Los refranes y expresiones populares reflejaban esa mentalidad, y no era extraño que los golpes se presentaran como “correcciones”. Sin embargo, incluso ese sistema tenía límites. Cuando la violencia era extrema y podía demostrarse, los jueces podían conceder el divorcio. Pero no siempre lo hacían, ya que a menudo se intentaba la mediación: vecinos, familiares o clérigos presionaban para que la mujer regresara al hogar “por el bien de la familia”. Aun así, el simple hecho de que tantas mujeres acudieran al tribunal diocesano demuestra que no fueron sujetos pasivos. Utilizaron las herramientas jurídicas disponibles para proteger su vida y su dignidad, aunque las posibilidades fueran limitadas.
Voces que cruzan los siglos
Las rupturas de promesa y los divorcios de la Edad Moderna nos hablan de una sociedad donde el honor, la palabra y la reputación tenían un peso decisivo. Pero también nos hablan de emociones intensas: amor, celos, deseo, miedo, frustración. Las cartas de Chomin y Marichu nos permiten escuchar la ternura de un padre que espera sentir las patadas de su hijo antes de nacer. Los expedientes de divorcio nos devuelven la voz de mujeres que describen golpes, amenazas y humillaciones con una claridad que atraviesa los siglos.
Cabe indicar que el Archivo de Calahorra no conserva solo papeles, conserva vidas. Y al leerlas comprendemos que ni el amor ni la violencia son invenciones modernas. Lo que cambia son las normas, los marcos legales y las posibilidades de acción. Escuchar estas historias nos ayuda a entender mejor nuestro presente: las luchas actuales por la igualdad, la protección frente a la violencia y la autonomía personal tienen raíces profundas. En definitiva, entre promesas rotas y matrimonios fracasados, los tribunales eclesiásticos de la Edad Moderna fueron escenario de dramas humanos tan intensos como los de cualquier novela. La diferencia es que estos son reales, y aún hoy esperan ser leídos entre los legajos de un archivo.