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¿Se pueden llevar bocadillos a los jantokis de Bizkaia?

El departamento de Educación aclara que lo pueden autorizar previa petición de los centros escolares

¿Se pueden llevar bocadillos a los jantokis de Bizkaia?

La polémica generada en torno a la retirada de bocadillos al alumnado durante la reciente huelga de jantokis escolares en Bizkaia ha puesto sobre la mesa una cuestión: ¿Está permitido llevar bocadillos a los centros escolares del territorio? La realidad es que la normativa vigente no prohíbe de forma absoluta que los estudiantes puedan llevar comida de casa en situaciones excepcionales, como la vivida estos días, y que se espera que se vivan los días 10, 11 y 12 de marzo debido a la convocatoria de huelga registrada.

Según recuerdan desde el Departamento de Educación, la regulación establece que, en general, no se pueden introducir alimentos externos en el espacio del jantoki escolar sin tener la autorización expresa. Esta es una limitación que responde a criterios organizativos y sanitarios. No obstante, la propia normativa vigente contempla excepciones en algunas situaciones, como es la que se está viviendo.

Contextos extraordinarios

En contextos extraordinarios, como el derivado de una convocatoria de huelga que impide que el servicio se preste como se hace habitualmente, los centros pueden solicitar autorización para permitir que el alumnado consuma alimentos traídos de casa. Por tanto, si algún centro ha requerido habilitar esta posibilidad, ha podido hacerlo con el aval del departamento de Educación del Gobierno Vasco. De hecho, en situaciones anteriores, como en otras convocatorias de huelga del personal de cocina, ya se permitió al alumnado llevar bocadillos para comerlos dentro del recinto escolar. Es decir, existe precedente administrativo para flexibilizar la norma cuando concurren circunstancias excepcionales.

Además, desde el departamento de Educación del Gobierno Vasco recuerdan que, en cualquier caso, el alumnado puede consumir alimentos, como es el caso de un bocadillo, en otros espacios del centro escolar distintos al jantoki. Eso sí, siempre que cuenten con la autorización de la dirección. Esto significa que la restricción afecta específicamente al espacio y funcionamiento de lo que es el jantoki, pero no impide necesariamente que los menores puedan alimentarse dentro del recinto escolar.

Desde el Gobierno Vasco insisten en que el bienestar de las y los menores es una prioridad absoluta. Al mismo tiempo, rechazan cualquier interpretación que sugiera que se ha impedido deliberadamente que niñas y niños puedan alimentarse. En este sentido, tal y como afirman, esa lectura no se corresponde ni con las instrucciones trasladadas a los centros ni con la actuación del departamento de Educación.