BILBAO. Además de la pena de prisión, la Audiencia de Bizkaia condenó el pasado 13 de noviembre a este exprofesor a su inhabilitación absoluta durante el tiempo de condena y la prohibición de acercarse a la víctima durante 15 años.

El recurrente argumentaba que el tribunal no había actuado con imparcialidad objetiva porque el magistrado tuvo una intervención activa en prácticamente todos los interrogatorios, con una batería de preguntas propia de la Fiscalía o de la parte acusadora.

Apoyaba su denuncia en la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos TEDH que el 6 de noviembre de 2018 determinó que el coordinador general de EH Bildu, Arnaldo Otegi, no tuvo un juicio imparcial en el caso Bateragune.

En este juicio, al negarse Otegi a responder a la pregunta de si condenaba el terrorismo de ETA, la magistrada afirmó: "Ya sabía yo que no me iba a responder a esa pregunta".

Sin embargo, la Fiscalía considera que el caso de Otegi no tiene ninguna relación con el juicio contra el exprofesor de Gaztelueta, y rechaza su argumentación porque entiende que el presidente del tribunal, aunque "quizá pecó de cierta exhaustividad" en sus preguntas, sus interrogatorios "no dejan de ser reiterativos" de los llevados a cabo por las partes acusadoras.

El exprofesor condenado basaba también su recurso en una supuesta vulneración de su derecho a la presunción de inocencia, al entender que la sentencia estaba "en gran medida basada en conjeturas o hipótesis y plagada de opiniones preconcebidas".

En el escrito de la Fiscalía, al que ha tenido acceso Efe, se refuta igualmente este argumento y se señala que la víctima se encontró ante "una imposibilidad psíquica de relatar hechos muy traumáticos que fue ampliando según fue desprendiéndose de esa sensación de vergüenza y culpabilidad que normalmente acompañan a los menores de edad víctimas de abusos por parte de personas a ellos cercanas".

El Ministerio Público coincide con el tribunal vizcaíno en la verosimilitud objetiva de los hechos denunciados y considerados probados sobre los informes periciales de los psicólogos y psiquiatras que trataron a la víctima.

"Todos ellos concluyeron" que el joven "no padecía enfermedad psíquica previa que pudiera justificar una falsa acusación, y que su testimonio era plenamente creíble, así como que como consecuencia de los hechos de los que fue víctima sufrió un trastorno de estrés postraumático", analiza.

Además, reflexiona sobre el hecho de que la víctima haya ido incorporando detalles de esos abusos sufridos y no los hubiera relatado al completo desde el inicio, y advierte de la situación personal del niño, de entre 12 y 13 años, sin experiencia sexual de ningún tipo, y "el entorno en que tales hechos se desarrollaron, un Colegio del Opus Dei de fuerte raigambre religiosa, y más concretamente en el despacho de un profesor/preceptor encargado de “guiar su proceso formativo a través de una formación humana en valores".

"Por lo tanto, el hecho de que la víctima no narrara desde el inicio de su periplo, que podríamos considerar como un auténtico vía crucis, un relato unívoco, sino que, según ha ido madurando o simplemente encontrándose psicológicamente más preparado, haya encontrado fuerzas para contar los actos de agresión del profesor", concluye el fiscal en su escrito de acusación.