Barakaldo notifica el recargo en el IBI a más de 3.000 pisos vacíos
El Consistorio envía a las viviendas sin habitar censadas el recibo del impuesto con un 40% de recargo y la explicación de la medida
Barakaldo - El Ayuntamiento de Barakaldo ha notificado a los propietarios de las 3.125 viviendas de la localidad que en el censo municipal aparecen como deshabitadas el recargo que deberán soportar en el recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles a consecuencia de que estos pisos estén vacíos. Con esta medida aprobada en la ordenanza de Tasas, Impuestos y Precios Públicos del presente año, el Consistorio fabril pretende incentivar el alquiler y favorecer el acceso a la vivienda a quienes no se pueden permitir tener un piso en propiedad.
El fenómeno de las viviendas vacías supone un significativo 6,8% dentro del parque de viviendas de la localidad fabril. Así, el recargo que se hará en el IBI a los propietarios de pisos sin habitar será de un 40%. En este sentido, la medida tomada por el Ayuntamiento de Barakaldo contempla diversas excepciones en las que no aplicar esta subida en el tributo. Así, no se aplicará este recargo a las viviendas que estén adheridas al Plan de Viviendas Vacías del Gobierno vasco y aquellos pisos que estén a disposición de cualquier entidad pública con el fin de que sean alquilados. Por otro lado, otra de las excepciones que contempla la ordenanza de Tasas, Impuestos y Precios Públicos fabril es la de aquellas viviendas que se encuentren deshabitadas porque sus titulares estén empadronados en una residencia de la tercera edad.
La normativa municipal tampoco aplicará este recargo del 40% en el IBI a los propietarios que estén viviendo fuera de Barakaldo por motivos laborales y personales. Esa circunstancia se respetará durante dos años, ya que se entiende que la residencia en otro lugar es algo temporal y que la vivienda que actualmente se encuentra vacía volverá a estar habitada en un periodo corto de tiempo. Por último, tampoco se aplicará esta medida a las personas viudas y jubiladas que tengan una renta inferior a 1.100 euros al mes.
Bonificaciones Al igual que contempla los casos en los que aplicar un recargo en el IBI, la normativa barakaldarra también recoge situaciones en las que se aplicarán bonificaciones en este impuesto. En este caso, en lo que atañe a las viviendas vacías, se aplicará una bonificación a todos aquellos pisos que se pongan a disposición del Plan de Viviendas Vacías del Gobierno vasco. Dicha bonificación se aplicará todos los años que el inmueble forme parte de este programa. Consciente de todas las dudas y consultas que se pueden producir en torno al IBI, el Ayuntamiento de Barakaldo ha reforzado en una persona la plantilla del Servicio de Atención Ciudadana (SAC) para poder atender todas aquellas consultas relacionadas con el pago de este tributo. El operario añadido al SAC proviene del Área de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Barakaldo. - M. A. Pardo
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