La sentencia que condenaba al Colegio Hijas de la Caridad Nuestra Señora de Begoña a abonar 40.000 euros a la familia de una alumna de cinco años de edad por su inacción ante un caso de bullying acaecido durante el curso 2021-2022 ya es firme. El centro educativo, ubicado en el barrio bilbaino de Santutxu, ha decidido no recurrir el fallo ante la Audiencia Provincial de Bizkaia y ha procedido ya a consignar ante el juzgado los 40.000 euros establecidos como indemnización, cantidad a la que hay que sumar los intereses determinados en la sentencia y las costas del proceso.
“No me ha sorprendido para nada”, manifestaba Jorge Romero, socio director de JRY Legal Abogados y letrado de la familia a este periódico, tras conocerse que el colegio condenado había renunciado a prolongar el recorrido judicial de la causa. “La sentencia estaba muy bien fundamentada. Era completa, exhaustiva... Estaba seguro de que no iban a recurrir. Hacerlo habría sido un salto al vacío”, añadía.
Para el abogado, “hay dos satisfacciones” como consecuencia de este fallo. “La primera, la de hacer justicia. Era lo que querían los aitas por todo lo que ha pasado y por lo que consideraban ellos y nosotros desde mi despacho que se había vulnerado, que eran los protocolos determinados por el Gobierno vasco y la labor de cuidadores de los responsables del centro”, explica Romero. Por otro lado está “la parte económica, que es menos importante, aunque hablamos de una cantidad considerable”.
"Un espaldarazo"
En palabras del letrado, la sentencia ha supuesto además “un espaldarazo” para el proceso terapéutico que sigue la menor. Escolarizada en otro centro escolar, la niña “evoluciona muy bien” de la secuelas psicológicas que le dejó el acoso y el abuso a los que fue sometida.
Los hechos ocurrieron cuando la víctima cursaba tercero de Infantil en el Colegio Hijas de la Caridad Nuestra Señora de Begoña y la agresora, un año mayor, comenzó a acosarla, golpearla, quitarle la comida e, incluso, “en ocasiones irrumpió en el baño para quitarle los pantalones cuando se encontraba haciendo sus necesidades y en otras le introdujo rotuladores en la vagina”, según se indica en el fallo.
Pérdida temporal del habla
El magistrado considera acreditado que no se trató de una situación “aislada ni puntual; se prolongó al menos desde septiembre de 2021 hasta marzo de 2022 sin que el centro lograse articular ninguna solución que pusiera fin a la misma”. Como consecuencia de estos hechos, la víctima perdió el habla de forma temporal, sufrió “un intenso retraimiento social” y “episodios de angustia, insomnio y pérdida de apetito”, además de “un cuadro propio de estrés postraumático severo como reacción ante una situación de maltrato y abuso de naturaleza sexual”, según el relato de la psiquiatra de Osakidetza que atendió a la menor.