El Supremo sentencia: el trabajo como moderador de contenido de Meta puede causar daños mentales
La sentencia considera que el visionado de imágenes de violencia extrema, calificadas por la propia empresa como "altamente sensibles", fue determinante en la alteración psíquica del trabajador
El Tribunal Supremo (TS) ha dado la razón a un moderador que trabajó para la empresa CCC Barcelona Digital Services, una compañía contratada por Meta, para revisar contenidos sensibles que los usuarios compartían en Instagram y Facebook.
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En una providencia contra la que no cabe recurso, el tribunal inadmite el recurso presentado por la empresa y declara firme la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC).
Contenidos violentos y "altamente sensibles"
La sentencia en cuestión considera que el visionado durante toda la jornada laboral de imágenes de violencia extrema, calificadas por la propia empresa como "altamente sensibles", fue determinante en la alteración psíquica que desarrolló el trabajador.
Su constante exposición a acontecimientos "claramente traumáticos" para cualquier espectador, como lo demuestra el hecho de que se encomiende a los moderadores que impidan que el público general los vea, produjo en el trabajador, que no tenía antecedentes de trastornos de pánico o ansiedad, una afectación psíquica.
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Según el TS no se puede, como pretende la empresa, excluir la "laboralidad" argumentando que el denunciante ya tenía una patología previa por el mero hecho de que conste una asistencia psicológica cuando era menor de edad.
Otros litigios
La sentencia del TS, que establece una correlación entre la afectación mental de este empleado y el trabajo que realizaba, es relevante porque el año pasado más de una veintena de moderadores presentaron una querella en Barcelona por hechos similares.
En concreto, 29 moderadores de contenido de Facebook, Messenger e Instagram en Barcelona se querellaron contra la matriz de estas redes, Meta y su subcontrata en la capital catalana, CCC Barcelona Digital Services, por los supuestos daños mentales que les provocó la visualización de contenidos violentos.
La querella, presentada por el abogado Francesc Feliu Pamplona, señala a ambas empresas por un presunto delito continuado contra los derechos de los trabajadores, lesiones graves por imprudencia grave y contra la integridad moral. Sostiene que los moderadores tuvieron que visualizar asesinatos, decapitaciones, descuartizamientos, violaciones, zoofilia, pornografía infantil, pedofilia, abusos a menores, desmembramientos, suicidios en directo, torturas y terrorismo, y que lo hicieron en jornadas de 8 horas durante las cuales sólo podían descansar 5 minutos por hora.
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