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La Audiencia archiva las denuncias contra 17 médicos por presuntas filtraciones en la OPE de Osakidetza

La Audiencia de Álava ha sobreseído las denuncias contra 17 médicos investigados por las presuntas filtraciones en la Oferta Pública de Empleo 2016-2017 del Servicio Vasco de Salud, mientras que las mantiene abiertas para dos de los diecinueve investigados

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La Audiencia Provincial de Álava ha revocado el sobreseimiento provisional acordado para dos de las personas investigadas por las presuntas irregularidades en la Oferta Pública de Empleo (OPE) de Osakidetza de 2018, al considerar necesario que se analicen posibles casos de revelación o violación de secretos en las pruebas de la especialidad de Cirugía Plástica, Estética y Reparadora.

Por el contrario, el auto de la Audiencia Provincial de Álava, dictado en respuesta a los recursos presentados por los sindicatos ESK y LAB, confirma el sobreseimiento de la causa en lo que se refiere a presuntas irregularidades en las pruebas del resto de especialidades inicialmente investigadas.

Exámenes de la OPE

El Juzgado de Instrucción número 2 de Vitoria-Gasteiz decretó en diciembre del año pasado el sobreseimiento del proceso abierto contra una veintena de personas por presuntas filtraciones de los exámenes de la OPE de Osakidetza de 2018.

No obstante, la Audiencia Provincial de Álava ha concluido que en el caso de uno de los médicos que participó en la elaboración de los exámenes Cirugía Plástica y de una mujer que participó en las oposiciones de esta especialidad, existen "existen elementos indiciarios suficientes" para considerar que ambos --que en el momento en el que se celebraron las oposiciones tenían una relación de parentesco-- pudieron incurrir en delitos de revelación o violación de secretos (artículos 417.1 y 418 del Código Penal, respectivamente).

Por ese motivo, la Audiencia Provincial de Álava procede a estimar los recursos interpuestos por ESK y LAB en relación a estos dos investigados, revocando el sobreseimiento provisional acordado respecto de ellos.

La Audiencia señala que el juzgado instructor "deberá dictar auto de transformación de las diligencias previas en procedimiento abreviado, determinando como hechos punibles, con las modulaciones que estime pertinentes, aquellos que, en el marco de las diligencias de investigación practicadas y de lo expuesto en la presente resolución, y en relación al proceso selectivo para la especialidad de Cirugía Plástica, sirvan de sustento a una calificación conforme a los delitos tipificados en los artículos 417.1 [en el caso del facultativo] y 418 [en el caso de la opositora]".