El último informe publicado sobre los asesinatos de mujeres y niños a manos de agresores en el contexto de la violencia de género revela datos alarmantes, a pesar de ciertos avances. En 2024, la violencia de género en el ámbito de la pareja o expareja causó la muerte de una mujer cada 7,6 días, una cifra que sigue siendo inaceptable a pesar de representar la más baja desde 2003. El Observatorio subraya la importancia de continuar con las políticas públicas de prevención y apoyo a las víctimas, ya que los avances en la reducción de muertes no deben llevar a la relajación de medidas esenciales para erradicar este tipo de violencia. Mikel González Roa es abogado especializado en violencia de género, miembro del turno de oficio en esta materia y con amplia experiencia en la defensa jurídica de víctimas y en el acompañamiento integral a lo largo del proceso penal. Compagina su labor profesional con la formación a operadores jurídicos y fuerzas de seguridad. Desde su experiencia este abogado analiza el último informe sobre los datos más recientes de la violencia de género.
¿Cómo valora los últimos datos sobre la violencia de género?
La cifra de 48 mujeres asesinadas en 2024 –la más baja desde 2003– refleja una mejora estadística importante, pero en absoluto suficiente. La violencia de género no puede medirse solo por las muertes. El informe apunta a una consolidación de políticas públicas como las órdenes de protección, herramientas telemáticas y un mayor porcentaje de sentencias condenatorias. Sin embargo, debemos ser prudentes: 48 mujeres siguen siendo 48 tragedias irreparables. En Euskadi no se han registrado muertes en 2024, lo cual es esperanzador, pero la prevención debe mantenerse firme, porque el riesgo siempre existe.
¿Qué aspectos de la legislación o las políticas públicas cree que todavía necesitan mejorar para garantizar una protección más eficaz a las víctimas?
Uno de los principales desafíos es la ejecución real y efectiva de las órdenes de alejamiento y otras medidas cautelares. El informe refleja que solo en 5 de los 48 casos de 2024 había una orden de protección activa. Necesitamos reforzar la coordinación entre juzgados, fuerzas de seguridad y servicios sociales, y mejorar la rapidez y eficacia en la valoración del riesgo. También urge formar de manera obligatoria a todos los operadores jurídicos en perspectiva de género.
En cuanto a los asesinatos de menores en 2024 y tras el asesinato de una niña el viernes en Bilbao, ¿cómo se podrían mejorar las medidas para prevenir la violencia vicaria?
“Es necesario ampliar la red de pisos protegidos y mejorar la respuesta judicial”
En 2024 fueron asesinados 9 menores por sus propios padres o parejas de sus madres. La violencia vicaria es la forma más brutal de castigar a una madre a través del daño a sus hijos. Se debe prohibir automáticamente el régimen de visitas a padres con antecedentes de violencia de género, tal como exige el artículo 94 del Código Civil tras su reforma. Pero no basta con la ley: hace falta aplicarla de forma uniforme y sin fisuras, especialmente en juzgados mixtos o no especializados.
En los casos de violencia de género, a menudo las víctimas presentan denuncias previas. Sin embargo, en muchos casos no se actúa de manera preventiva. ¿Cuál es su opinión sobre la efectividad de las medidas de protección en estos casos y qué cambios serían necesarios?
En 2024, el 31,3 % de las víctimas habían denunciado antes y sin embargo fueron asesinadas. Esto demuestra que el sistema falla al evaluar el riesgo real. Es urgente implantar evaluaciones de riesgo integrales y continuas, no estancas ni meramente policiales. Las medidas deben ser adaptables, flexibles y revisables en función de la evolución del caso. Y no podemos seguir infravalorando denuncias previas bajo el argumento de que son denuncias cruzadas o conflictos de pareja.
El informe señala que más de la mitad de las víctimas de violencia de género convivían con su agresor. ¿Qué mecanismos legales existen para proteger a las mujeres que están en esa situación y, en su opinión, son suficientes?
El artículo 544 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal permite imponer la salida del domicilio al agresor de forma inmediata. Sin embargo, muchas mujeres no denuncian porque temen represalias o no tienen alternativa habitacional. Es necesario ampliar la red de pisos protegidos y mejorar la respuesta judicial cuando la mujer pide protección pero no quiere denunciar, habilitando vías civiles de urgencia como prevé la Ley Orgánica 1/2004 y los juzgados de violencia sobre la mujer.
¿Qué desafíos enfrentan las víctimas a la hora de presentar una denuncia?
“El miedo, la dependencia, la presión social y la desinformación son las principales barreras”
El miedo, la dependencia económica o emocional, la presión social y la desinformación son las principales barreras. Muchas no denuncian porque no saben qué va a pasar después. Es fundamental asegurar que cada víctima cuente desde el primer momento con una asistencia letrada especializada, asistencia psicológica y un plan de seguridad claro. La simplificación de trámites, la información visual accesible y el acompañamiento profesional son herramientas clave para vencer el silencio.
En cuanto al perfil de los agresores, muchos tienen denuncias previas. ¿Qué cambios cree que deberían implementarse en cuanto a las sanciones y las medidas preventivas hacia ellos?
No se trata tanto de endurecer penas como de garantizar la efectividad de las medidas de alejamiento y de control. La reincidencia y el incumplimiento deben implicar respuestas automáticas, como la implantación de pulseras telemáticas o el ingreso en prisión provisional. Además, los agresores deberían estar obligados a asistir a programas de reeducación y seguimiento. La pasividad institucional ante perfiles reincidentes es inaceptable.
Además de la intervención judicial, ¿qué otras medidas sociales o psicológicas considera necesarias para apoyar a las víctimas de violencia de género durante todo el proceso, desde la denuncia hasta el juicio y la postsentencia?
La intervención debe ser integral: jurídica, social, psicológica y económica. Las víctimas necesitan no solo justicia, sino reconstrucción vital. Es imprescindible reforzar los servicios de atención psicológica especializada, acompañamiento terapéutico post-denuncia, ayudas al alquiler, becas para hijos/as y acceso a empleo. El proceso penal no puede ser su única vía de protección.
En su experiencia, ¿cree que la sociedad está suficientemente concienciada sobre la violencia de género y sus implicaciones? ¿Cómo pueden las campañas de sensibilización contribuir a prevenir estos delitos?
“No se trata tanto de endurecer penas como de garantizar la efectividad de las medidas de alejamiento”
La sociedad ha avanzado mucho, pero todavía persisten mitos, negacionismo y trivialización. Las campañas deben centrarse en desmontar esos discursos y visibilizar la realidad de las víctimas. Es fundamental implicar a los hombres, a los jóvenes y a la ciudadanía en general desde la corresponsabilidad. No basta con hablar de “no violencia”: hay que promover relaciones sanas, igualitarias y respetuosas desde la educación.
¿Cuál cree que es el mayor obstáculo para acabar con la violencia de género en la sociedad? ¿Es un tema cultural, legal o relacionado con la falta de recursos?
Es un fenómeno estructural con raíces culturales profundas. La legislación es necesaria, pero no suficiente. Si no va acompañada de voluntad política, recursos estables, formación y cambio social, no logra su objetivo. La tolerancia cero pasa por desmantelar el machismo cotidiano, institucional y judicial que sigue minimizando los riesgos y culpabilizando a las víctimas.
Mirando al futuro, ¿qué medidas serían necesarias para reducir el número de víctimas mortales de violencia de género? ¿Hay alguna reforma legal que te gustaría ver implementada en los próximos años?
Para reducir las muertes por violencia de género es imprescindible reforzar el sistema desde una perspectiva integral, anticipatoria y especializada. En primer lugar, resulta urgente implantar formación obligatoria, continua y evaluable en perspectiva de género para jueces, fiscales, forenses, cuerpos policiales y letrados, tal y como recomiendan organismos internacionales. En segundo lugar, debe aplicarse de forma rigurosa y sistemática el artículo 94 del Código Civil, suspendiendo el régimen de visitas o la patria potestad cuando existan indicios de violencia, sin esperar a una condena firme. La protección del menor debe primar siempre sobre el vínculo biológico. Además, es necesario crear nuevos juzgados especializados en violencia sobre la mujer en todos los partidos judiciales, incluyendo la atención específica a la violencia vicaria, que requiere formación, enfoque victimológico y protocolos diferenciados. También propondría reformular el sistema de valoración del riesgo, incorporando una metodología multidisciplinar real, con participación activa de personal especializado en violencia de género (psicólogas, trabajadoras sociales, equipos forenses..), y no solo policial. Por último, habría que establecer protocolos de detección e intervención precoz en contextos de separación conflictiva, antes de que escale la violencia. La fase de ruptura sigue siendo uno de los momentos de mayor vulnerabilidad para las víctimas y la respuesta institucional aún llega tarde.