Los deportistas vecinos de localidades vascas de más de 10.000 habitantes ddeben cumplir el horario restringido para hacer actividad física marcado en sus municipios de residencia, aunque se desplacen a pueblos de menos de 10.000 habitantes.

Así se recoge en un documento que el Departamento de Cultura y Política Lingüística, a través de la dirección de Actividad Física y Deporte, ha publicado y en el que se indican las condiciones en las que se permite realizar actividad física y deporte desde este lunes y hasta el final de la Fase 1.

El documento recoge las variaciones introducidas a partir de hoy, y que tienen que ver con la movilidad en el conjunto del territorio histórico (en la segunda parte de la Fase 1, desde el día 18 de mayo, ha quedado sin efecto la limitación de movimiento fuera del municipio).

Como norma general, se puede realizar actividad física y deporte al aire libre, siempre respetando las medidas de seguridad, salud e higiene. Se deberá mantener una distancia interpersonal de al menos dos metros, salvo en la utilización de bicicletas, patines y similares, en cuyo caso han de ser 10 metros.

UNA VEZ AL DÍA

Las actividades físicas y deportivas se podrán desarrollar una vez al día, sin limitación de tiempo, en la franja correspondiente, dentro del territorio histórico de residencia. Esto es: mayores de 14 años de 06.00 a 10.00 horas y de 20.00 a 23.00 horas. Los mayores de 70 años y personas dependientes, de 10.00 a 12.00 horas, y de 19.00 a 20.00 horas.

Por razones médicas y por motivos de conciliación, las personas podrán realizar la práctica de actividad física fuera de las franjas horarias establecidas.

Siempre que se resida en un municipio de menos de 10.000 habitantes y la actividad física se desarrolle en el mismo municipio, no se aplicarán las franjas horarias. En caso de residir en un municipio de menos de 10.000 habitantes y desplazarse a uno de más de 10.000 habitantes, se aplicarán las franjas horarias de este último.

En caso de desplazamiento de un municipio de más de 10.000 habitantes a uno de menos de 10.000 habitantes, se aplicarán las franjas horarias del primero.

ACTIVIDAD DEPORTIVA PROFESIONAL

Las personas con licencia federativa podrán hacer deporte dos veces al día, siempre en su municipio de residencia o colindantes. Acreditarán su condición con la licencia federativa en vigor, temporada 2019-2020 o 2020. En el caso de los federados menores de 14 años, en municipios de más de 10.000 habitantes realizarán su actividad en las franjas reservadas para mayores de 14 años (también en este caso podrán hacer deporte dos veces al día).

Los deportistas de alto nivel o profesionales pueden hacer deporte a cualquier hora y en todo el territorio. Puede acompañarles una persona que ejerza labor de entrenador, siempre guardando las medidas de seguridad. Acreditarán su condición con la licencia deportiva emitida por la federación correspondiente o el certificado de deportista de alto nivel.

Si en la modalidad deportiva practicada participaran animales, se podrá realizar la práctica al aire libre, de manera individualizada, en el lugar donde estos permanezcan, mediante cita previa, y durante el mismo período de tiempo.

Las distancias no son exigibles en el caso del deporte adaptado, en cuyo caso se reducirán lo necesario para garantizar la práctica deportiva, debiendo utilizar ambos mascarilla y otras medidas que se consideren oportunas.

INSTALACIONES DEPORTIVAS

Las instalaciones deportivas de gestión pública permanecerán cerradas, mientras las de gestión privada al aire libre podrán abrir, siempre que la actividad que se desarrolle sea individual o participen dos personas (siempre en el caso de modalidades de uno contra uno; por ejemplo, tenis o pádel).

En las instalaciones cerradas de gestión privada, únicamente se permitirá el entrenamiento personal (entrenamiento individualizado: un cliente por cada entrenador).

En las instalaciones deportivas, sean al aire libre o cerradas, el acceso será siempre con cita previa, estableciendo turnos. No se permitirá el contacto físico y se mantendrán los dos metros de distancia. No se utilizarán los vestuarios.

Asimismo, se deberá respetar el 30% de aforo y solo podrán acceder las personas que residan en el territorio histórico en el que se encuentra la propia instalación. El horario para la práctica deportiva en las instalaciones deportivas será el determinado por la propia instalación.

FADURA

El Centro de Tecnificación de Fadura permanecerá abierto para deportistas de Basque Team y para aquellos que estén preparando los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de Tokio 2021.

Se podrá utilizar el vehículo para desplazarse a hacer deporte, siempre dentro del mismo territorio histórico. Se permite la movilidad entre municipios colindantes de diferentes territorios.