La Audiencia Nacional ha suspendido de forma cautelarísima la aplicación en la Comunidad de Madrid de las restricciones al ocio nocturno, la hostelería y los eventos multitudinarios acordadas en el Consejo Interterritorial de Salud y publicadas el sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La Comunidad de Madrid ha presentado ante la Audiencia Nacional un recurso contencioso administrativo contra esas medidas y ha pedido su suspensión como medida cautelarísima (sin ni siquiera escuchar a la otra parte) para impedir "un daño inmediato, irreparable e insubsanable".

La Audiencia accede a esa petición ante "el riesgo de generar situaciones de incertidumbre y de menoscabo (que pudiera ser grave) a los intereses de los afectados últimos por la decisión de imponer restricciones distintas a las ya existentes".

"Si no se adoptara ahora la medida cautelarísima, y se esperase a la adopción de una medida tras la tramitación ordinaria de la pieza separada de medidas cautelares, el escenario de incertidumbre se vería seriamente agravado y perjudicado si se admite un cambio en el nivel de restricciones", añade.

Una vez adoptada esa decisión, contra la que no cabe recurso, la Sala da tres días de plazo al Gobierno central para que presente alegaciones. Entonces decidirá si mantiene la suspensión o reactiva las medidas.