El Tribunal Constitucional (TC) tumbó ayer parte del plan estratégico de acción exterior y de relaciones con la Unión Europea que el Govern aprobó el año pasado, entre otros puntos la puesta en marcha del Diplocat, al entender que invade competencias estatales. La sentencia, que cuenta con dos votos particulares, anula por inconstitucionales dos puntos que preveían la participación proactiva de la Generalitat en foros multilaterales de máximo interés y la creación del citado Consejo de Diplomacia Pública de Catalunya. La resolución llegó poco antes de que el Ejecutivo catalán anunciara la apertura de tres nuevas delegaciones en el exterior, en Australia, Japón y Senegal, pasando así a tener un total de 18 oficinas; y de forma simultánea a que el TC decidiera mantener la inhabilitación de Quim Torra pese a admitir su recurso para ser estudiado.En concreto, el tribunal declara nulos los puntos 10 y 18 del plan exterior y cuestiona otros artículos por considerar que infringen determinadas competencias sectoriales atribuidas en exclusiva al Estado, en materias como el transporte ferroviario o las telecomunicaciones. El Tribunal declara constitucionales otros aspectos como el objetivo de “avanzar hacia la soberanía económica” pero siempre que se refiera a capacidad de “influir” en las decisiones económicas que afecten a las competencias de Catalunya. Entiende también que las referencias a Catalunya como “actor reconocido en el mundo” no son inconstitucionales si no implican atribuir una subjetividad internacional a la comunidad, y tampoco lo sería el objetivo de “promover la participación en competiciones internacionales”, siempre que se limite a deportes en los que no existan federaciones españolas. En su voto particular, los magistrados del TC Juan Antonio Xiol y María Luisa Balaguer sostienen que no necesariamente debe entenderse el Diplocat como un organismo que invade competencias estatales en materia de relaciones internacionales, sino que puede concluirse que iba a desempeñar exclusivamente labores de “paradiplomacia global”.

Paralelamente, el TC se opuso por unanimidad a suspender la inhabilitación de Torra porque el asunto “presenta elementos sustantivos específicos que abogan por un estudio meditado”. Este rechazo no le supuso al president depuesto “ninguna sorpresa”. Su defensa no esperará a que el Constitucional resuelva sobre el fondo de un asunto que ve “plagado de irregularidades procesales y de interpretaciones interesadas de las leyes” y tan pronto se resuelvan las medidas cautelares acudirá al Tribunal Europeo de Derechos Humanos.