DONOSTIA. Tanto es así, ha explicado Múgica en declaraciones a EFE, que Covite ya ha comparecido en el trámite para poder impugnar los recursos de los acusados y pedir que se confirmen sus condenas cuando se abra el trámite para poder hacerlo.

Tras reiterar la existencia de "una explicación jurídica" para no recurrir el asunto ante el TS, Múgica ha insistido en que no se ha producido "ni mucho menos" ningún tipo de "dejadez o "abandono" por parte de su colectivo en este caso.

El letrado ha detallado además la razón técnica que ha llevado a Covite a no recurrir el fallo y que, según aclara, parte de la reforma legal del año 2015 que estableció que "las sentencias dictadas en primera instancia por las audiencias provinciales y por la sala de lo penal de la Audiencia Nacional no son directamente recurribles ante el Tribunal Supremo sino ante una sala de apelación".

Ha recordado, en este sentido, que el procedimiento del caso Altsasu se abrió un año más tarde, en 2016, lo que "significa que la primera sentencia" de este asunto ya "fue revisada por una sala de apelación de la misma Audiencia Nacional" que no vio la existencia de un delito de terrorismo.

"Es decir que ha habido un doble filtro" que ya se ha pronunciado sobre esta posibilidad, una circunstancia que, según Múgica, deja sin "sentido" que Covite insista ahora en el Tribunal Supremo "en que sí hay terrorismo", después de que "dos salas distintas del órgano especialísimo en materia de terrorismo que es la Audiencia Nacional hayan dicho que no lo hay".

"Ese es el motivo de que no se haya recurrido. Es una razón absolutamente técnica. Se podía haber recurrido ante el TS, pero no tenía sentido porque dos distintas salas de la Audiencia Nacional han dicho que no lo hay", ha recalcado el letrado.

"Si hubiera sido sólo una, si la sentencia del año pasado hubiera podido recurrirse directamente ante el TS lo habríamos hecho pero es que el asunto se incoó después de la reforma de 2015", ha concluido.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional ya renunció el pasado mes de marzo a recurrir esta sentencia que determinó que la agresión a dos guardias civiles y sus parejas en Altsasu en octubre de 2016 no fue terrorismo y condenó a los ocho acusados a penas de entre 2 y 13 por delitos de atentado a agentes de la autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas.