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Una bilbaina recupera la RGI, suspendida tras comprar una plaza de garaje

Según se recoge en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, la mujer pidió un préstamo de 25.900 euros

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El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) estima el recurso presentado por una beneficiaria de la Renta de Garantía de Ingresos (RGI) y anula la decisión de Lanbide de suspenderle la prestación por haber adquirido una plaza de garaje mediante un préstamo personal de 25.900 euros

La sentencia, con fecha del pasado 21 de abril, revoca el fallo previo del Juzgado de lo Social número 12 de Bilbao, que había avalado la actuación de Lanbide al considerar que la compra suponía un incremento patrimonial computable para mantener la ayuda social.

El origen del conflicto se sitúa en marzo de 2024, cuando Lanbide abrió un expediente de revisión de la cuantía de la RGI que recibía la demandante. Posteriormente, en mayo de ese mismo año, el organismo suspendió el pago de la RGI al considerar como “ingreso atípico” parte del préstamo solicitado por la mujer para adquirir al 50% una plaza de garaje en Bilbao.

Posibilidad de recurso

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La afectada recurrió sin éxito en vía administrativa y posteriormente acudió a los tribunales. En primera instancia, el juzgado entendió que la plaza de garaje no podía considerarse vinculada a la vivienda habitual porque se encontraba a algo más de un kilómetro de la vivienda de la beneficiaria, por lo que debía computarse como patrimonio inmobiliario.

Sin embargo, el TSJPV corrige esa interpretación en una sentencia que no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo y concluye que el préstamo no constituye un ingreso real que aumente la capacidad económica de la unidad familiar, sino una deuda que debe devolverse. La Sala sostiene que el crédito supone “un gravamen” y no un incremento efectivo de renta.