El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha condenado a siete años y tres meses a un hombre acusado de haber violado a una joven y de abusar de otra en un hostel de Ibarrangelua tras la celebración de las Madalenas de 2019. Las víctimas se encontraban durmiendo, después de haber estado de fiesta en Elantxobe, cuando el agresor se metió en sus camas y cometió las agresiones. El condenado, que fue detenido un día después de los hechos en Gernika tras las denuncias interpuestas por ambas jóvenes, sostuvo en todo momento que las relaciones fueron consentidas. Sin embargo, la sentencia desmiente este hecho, considerando probado que el acusado se introdujo en el hostel “subrepticiamente” y con “ánimo de satisfacer su deseo sexual”.

Según el fallo al que ha tenido acceso este periódico, los hechos tuvieron lugar sobre las 6.00 horas del 23 de julio de 2019, cuando el acusado entró al hostel donde “solo se hospedaban personas que participaban en los cursos de surf”. Tras subir a los dormitorios y “tantear a un individuo de pelo largo”, se acercó hasta la litera que ocupaba una de las víctimas, de dieciocho años de edad, “quien se hallaba profundamente dormida debido a la ingesta excesiva de bebidas alcohólicas”, razón por la que tuvo que ser conducida a la cama por una amiga. El agresor subió a la litera y la desnudó, y mientras la víctima “permanecía con los ojos cerrados e inmóvil, la penetró vaginalmente, eyaculando en su interior”. La sentencia recoge, además, que hubo una segunda penetración, ocasión en la que la víctima pudo apartar al acusado, quien preguntó: “¿No me dejas terminar?”. La joven pudo huir al baño, donde se encerró hasta pasado un tiempo antes de volver a acostarse en su litera.

Hacia las 7.00 horas del mismo día, el agresor se dirigió a la litera donde dormía su segunda víctima, de 26 años. Y mientras estaba dormida de costado, “comenzó a tocarle el brazo, los pechos por encima de la ropa, el culo y la zona vaginal, mientras él se tocaba el pene erecto”. En ese momento, la víctima reaccionó y comenzó a gritar, por lo que el agresor “huyó precipitadamente del lugar”, perseguido hasta la puerta por un amigo de la víctima.

Tras considerar probados estos hechos, el tribunal impone al acusado una condena por abuso sexual “con acceso carnal” de seis años de prisión, así como otra condena más de un año y tres meses de prisión por un delito de abuso sexual. Contra dicha resolución se interpuso un recurso de apelación que fue desestimado.

Para argumentar la sentencia, entre otras cuestiones, el tribunal otorga credibilidad “subjetiva” a la primera de las víctimas por el estado en el que se hallaba en el momento de los hechos. En la sentencia se “entiende contrario a la lógica que una persona de dieciocho años y sin experiencia sexual, que se encuentra seriamente afectada por los efectos consecuentes a una excesiva ingesta de alcohol manifieste, primero, que se encuentra bien y se preste, después, a juegos eróticos, tomando la iniciativa y completando una relación sexual completa con un desconocido ajeno al grupo de alumnos y amigos de la denunciante”.

También le otorga credibilidad “objetiva” en lo relativo “a que hubo dos penetraciones vaginales y que no consintió ninguna de ellas”. De hecho, las pruebas biológicas en el cuerpo de la víctima dieron como resultado el “hallazgo de restos de semen”, de lo que el tribunal infiere que “en una de las penetraciones el acusado eyaculó dentro del cuerpo” de la víctima, tal y como ella dijo. Por contra, el acusado sostuvo que mantuvieron una “relación sexual sin preservativo, hecho que él tuvo en la cabeza en todo momento para eyacular fuera”.

Asimismo, el fallo pone en duda la veracidad del testimonio del acusado, que manifestó que nada más salir del hostel llamó a un taxi y esperó en el centro del municipio. Según la declaración del taxista que lo recogió, la llamada fue a las 9.45 horas y un cuarto de hora después lo recogió frente a la iglesia de Ibarrangelua. Este hecho hace pensar al tribunal que desde que salió “precipitadamente” del hostel hasta que llamó a un taxi, un lapso de tiempo de tres horas, el acusado “estuvo escondido”.