Con el objetivo de fomentar la actividad cooperativista y crear empleo de calidad, las administraciones han dispuesto una serie de beneficios fiscales para este tipo de sociedades. A grandes rasgos, se trata de ventajas que conllevan exenciones, bonificaciones y tratamiento específico en diferentes tributos, como el Impuesto sobre Sociedades o el Impuesto de Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados.

Desde el punto de vista de la tributación, las sociedades cooperativas fiscalmente protegidas se clasifican en dos grupos:

Cooperativas protegidas: son aquellas sociedades que, sea cual fuere la fecha de su constitución, se ajustan a los principios y disposiciones de la Ley de Cooperativas -de Euskadi o de Nafarroa, en el caso de Hegoalde- y que no incurran en alguna de las causas previstas para perder la condición de cooperativas fiscalmente protegidas (por ejemplo, entre otros supuestos, no efectuar las dotaciones al Fondo de Reserva Obligatorio y al de Educación y Promoción, en los supuestos, condiciones y por la cuantía exigida legalmente; Repartir entre los socios durante la vida de la cooperativa los Fondos de Reserva que tengan carácter de irrepartibles y el activo sobrante en el momento de su liquidación; Aplicar cantidades del Fondo de Educación y Promoción a finalidades distintas de las previstas legalmente...).

Cooperativas especialmente protegidas: en el caso de los tres territorios históricos de Euskadi, estas son las cooperativas de trabajo asociado, las cooperativas agrarias, las cooperativas de explotación comunitaria, las cooperativas de consumo, las cooperativas de enseñanza y las cooperativas de viviendas. En el caso de Nafarroa, las cooperativas especialmente protegidas son las cooperativas de trabajo asociado, las cooperativas agrarias, las cooperativas de explotación comunitaria de la tierra y las cooperativas de consumidores y usuarios.

Impuesto sobre Sociedades

Las cooperativas están sujetas al Impuesto sobre Sociedades. En el caso de Euskadi, las cooperativas fiscalmente protegidas y las especialmente protegidas tributan a un 20%, que se reduce al 18% en el caso de las pequeñas cooperativas y las microcooperativas. Otra de las ventajas fiscales se refiere a la libertad para amortizar los elementos del activo fijo nuevo amortizable adquiridos en el plazo de tres años a partir de la fecha en la que se hayan inscrito en el Registro de Cooperativas de Euskadi.

Además, y entre otras ventajas, cuentan con otros beneficios fiscales como una bonificación del 95% en el caso del IBI y beneficios tributarios que afectan al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (exención en los actos de constitución, ampliación de capital, fusión y escisión, la constitución y cancelación de préstamos, adquisición de bienes y derechos destinados al Fondo de Educación y Promoción...).

En el caso de Nafarroa, las cooperativas fiscalmente protegidas tributan a un tipo reducido del 17% para los resultados cooperativos en el Impuesto sobre Sociedades, mientras que los extracooperativos tributan al tipo general. No obstante, las cooperativas de crédito tributan al 25% por sus resultados cooperativos y extracooperativos. Como en el caso de Euskadi, otra de las ventajas fiscales se refiere a la libertad para amortizar los elementos del activo fijo nuevo amortizable adquiridos en el plazo de tres años a partir de la fecha en la que se hayan inscrito en el Registro de Cooperativas de Nafarroa.

Además, y entre otras ventajas, para las cooperativas protegidas se contemplan beneficios tributarios que afectan al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (exención en operaciones societarias, préstamos y Fondo de Educación y Promoción), y a los tributos locales (bonificación del 95% en el Impuesto sobre Actividades Económicas o Licencia Fiscal. Las especialmente protegidas disfrutan, además, de la exención en Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para la adquisición de bienes y derechos y en el Impuesto sobre Sociedades, de una bonificación del 50% de la cuota.

Además de estas ventajas fiscales, las administraciones vasca y navarra disponen también de una línea de ayudas para empresas de la llamada economía social, como es el caso de las cooperativas. Por otra parte, señalar también que a los miembros asociados de una cooperativa se les aplican normas específicas que afectan al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.