A rehabilitación y adecuación de fachadas y edificios es el pilar de la actividad de Conorte, empresa vasca de gran experiencia que ofrece soluciones integrales a las necesidades de las comunidades de propietarios utilizando las técnicas más avanzadas, rápidas, seguras y eficaces.

En un sector en el que el compromiso y la profesionalidad es la clave del éxito, Conorte conoce muy bien las bases para llevar a buen fin una obra, algo que no siempre resulta fácil y que, en ocasiones, supone afrontar por parte de los vecinos sobrecostes injustificados. Cualquier obra de reforma en un edificio de viviendas, más aún si se trata de mejorar la fachada y el tejado con criterios energéticos, supone un importante desembolso para los propietarios.

Tras los duros años de la crisis del 2008, el sector de la rehabilitación ha vivido una época de auge, surgiendo de manera considerable nuevas empresas y, con ello, también las prácticas dudosas de algunas de ellas.

«Rehabilitar un edificio no es lo mismo que construir uno nuevo, requiere experiencia y conocimientos especializados en lesiones y patologías de edificios", puntualiza Kepa Asensio, gerente de Conorte.

Por ello es tan importante, según advierte, "seleccionar correctamente la empresa de rehabilitación. Que acredite su capacidad técnica y profesional y su solvencia económica y financiera será siempre la mejor elección y la más barata para una comunidad de propietarios, garantizándose una obra por muchos años".

Para que una empresa pueda demostrar su capacitación técnico profesional para la ejecución de obras en edificios existentes debe contar con un mínimo de diez años de experiencia en proyectos de rehabilitación de edificios. Por lo que, para el gerente de Conorte, es muy importante conocer la trayectoria de una empresa de rehabilitación antes de contratar sus servicios.

Tampoco está de más por parte de la empresa, facilitar a la comunidad un historial de obras ejecutadas en los últimos años, avaladas por sus correspondientes Certificados de Buena Ejecución, de Fin de Obra y con el Acta de Recepción de Obra positiva sin reservas emitidos por los arquitectos contratados por la comunidad de propietarios para dirigir y controlar la obra.

Desde Conorte, señalan una serie de aspectos clave a la seleccionar la empresa rehabilitadora. El primero de ellos es que en la misma escritura de constitución de la empresa, desde su inicio, aparezca clara e inequívocamente que su objeto social es la actividad de construcción, reparación y conservación de edificaciones. De esta forma, "nos aseguramos que la empresa tiene una experiencia real en rehabilitación desde su fundación, ya que si se hubiese modificado el objeto de su actividad con posterioridad a su constitución, habría que recalcular sus años de experiencia en el sector desde el momento de la modificación, ampliación o sustitución de su actividad.

En segundo lugar, la empresa debe aportar la certificación acreditativa de estar inscrita en el Registro de Empresas Acreditadas, un documento que garantiza que cumple los requisitos de capacidad y calidad de la prevención de riesgos laborales.

Otro requisito que demuestra su fiabilidad es estar inscrita en el Registro Oficial de Contratistas, ya que para ello ha tenido que acreditar su solvencia empresarial y su capacitación profesional.

Un aspecto que tampoco se puede pasar por alto es el compromiso adquirido por la empresa con la comunidad de propietarios sobre el precio, lo que garantiza que no lo puede variar por su cuenta sin el consentimiento y la aprobación expresa de la Comunidad de propietarios.

Las obras se contratan por un precio de materiales y mano de obra que no puede sufrir variación alguna durante el transcurso de los trabajos hasta dejar la obra completamente terminada, con las calidades y especificaciones técnicas del presupuesto aprobado por los vecinos del edificio. Este presupuesto tiene que incluir los gastos generales y el beneficio industrial necesarios para llevar a cabo la obra.

Documentación aportada por la empresa contratada

La documentación requerida debe especificar el organigrama de la obra a nivel técnico (jefe de obra, encargado, operarios de producción y operarios de subcontratas). Asimismo, la empresa debe contar al menos con un arquitecto o un aparejador en su plantilla para garantizar su capacitación técnica, sobre todo en las actuales obras de mejora y aislamiento energético de las fachadas y cubiertas del edificio que exigen amplios conocimientos por su complejidad constructiva.

Por su parte, la comunidad debe exigir a la empresa contratada que esté al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con Hacienda y con la Seguridad Social, presentando los correspondientes certificados de solvencia. Estos certificados siempre deben exigirse antes de la firma del contrato de ejecución de la obra. Además, tiene que aparecer explícito en el contrato el compromiso de ejecutar la obra en un plazo determinado, aceptándose penalizaciones económicas si no se cumplen los tiempos acordados por causas imputables a la empresa.

También debe tener la empresa un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños y perjuicios que se puedan producir durante la obra. Es recomendable que dicho seguro cubra Responsabilidad Civil Explotación, Responsabilidad Civil Patronal y Responsabilidad Civil Post-Trabajos con cobertura por siniestro de 1.000.000,00€, en vigor y a disposición en todo momento de la Comunidad de propietarios, que garantice las responsabilidades que se puedan derivar por los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de la ejecución de las obras.

Otra exigencia de garantía de la obra es tener por escrito en contrato la ejecución de las obras. Esta práctica, que Conorte la lleva cabo, garantiza las obras de mejora energética de fachadas y cubierta por un amplio periodo, desde la fecha de finalización y entrega de la obra. Conorte también ofrece un período de garantía en las obras de Rehabilitación Integral de Aislamiento SATE o Fachada Ventilada o Cubiertas Integrales del Edificio por un plazo de 10 años de garantía.

Por último, subrayar que la comunidad no debe pagar ninguna cantidad a la firma del contrato con la empresa, ya que los pagos se deben hacer desde el inicio de la obra con el montaje del andamio o acopio de materiales. Sólo existiría una excepción, que la ejecución de la obra suponga la fabricación específica de productos, por ejemplo, unas ventanas o miradores. ?

Rehabilitar una fachada requiere conocimientos específicos en lesiones de los edificios

Una obra de Sate o Ventilada bien hecha cuenta con una garantía de 10 años