Los letrados del Congreso sugieren ajustar la reforma de reglamento para sancionar a 'pseudoperiodistas'
Alertan de que limita "el derecho a la libertad de información" y piden valorar "si concurren requisitos para su legitimidad"
Los letrados del Congreso son partidarios de introducir ajustes en la reforma del Reglamento del Congreso planteada por el PSOE y sus aliados para permitir sanciones a periodistas acreditados que obstaculicen la labor parlamentaria y de la prensa en la Cámara, alertan de que la creación de sanciones puede limitar "el derecho a la libertad de información", por lo que piden valorar "si concurren requisitos para su legitimidad" y, además, avisan de que la falta de precisión en las sanciones puede generar "inseguridad jurídica".
Así consta en la nota de informaciones técnicas redactada por los letrados a esta iniciativa que este lunes ha sido aprobada por la ponencia de la Comisión de Reglamento.
En esta nota, a la que ha tenido acceso Europa Press, los letrados de la Cámara advierten de que el derecho a la libertad de información está recogido en el artículo 53 Constitución española y por tanto, "ninguna regulación" puede afectar a su contenido esencial ni tampoco suponer una limitación del mismo que vulnere los estándares fijados por el Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
"La presente proposición de reforma del Reglamento, al regular un régimen sancionador para los profesionales acreditados de medios de comunicación, supone una limitación del derecho a la libertad de información, por lo que es preciso valorar si concurren los requisitos para su legitimidad", sostiene el informe.
Además, destacan que la regulación del ejercicio de la actividad periodística en el Congreso, en "aras de un desarrollo ordenado", puede considerarse un fin constitucionalmente amparado por los artículos 20 y 23 de la Carta Magna, en los que se recogen los derechos a "expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción" y a "participar en los asuntos públicos", respectivamente.
LAS SANCIONES SON POCO PRECISAS
También hacen referencia al principio de proporcionalidad en el que consideran que debería estar basada dicha reforma. Pues a su juicio, la propuesta actual está caracterizada por una "redacción excesivamente abierta" que podría llegar a generar cierta "inseguridad jurídica" en los destinatarios de la norma.
En ese sentido, creen que sería "positivo" que la Mesa de la Cámara Baja, presidida por la socialista Francina Armengol, "precisara" en mayor medida los "posibles escenarios" que puedan generarse durante una rueda de prensa o una atención a medios y que puedan requerir una sanción.
"Siendo evidente que no puede anticipar todos y cada uno de los posibles escenarios que pueden generarse, resultaría oportuno que la Mesa, a la vista de la experiencia, pudiera colmar las posibles lagunas e ir actualizando la forma de aplicar este precepto", inciden.
Según los letrados, a la hora de aplicar las sanciones a los periodistas, habría que valorar de manera ponderada un conjunto de circunstancias como por ejemplo: la naturaleza de la infracción, los derechos y bienes que se pretenden proteger, la adecuación de las sanciones al fin que se persigue, así como la posible existencia de medidas menos graves.
Para ello, creen que sería aconsejable contrastar las sanciones propuestas con las que el Reglamento prevé en materia de disciplina parlamentaria para los diputados y oradores que profirieren palabras o conceptos ofensivos hacia la Cámara, sus miembros o las Instituciones del Estado.
PARA SANCIONAR HACEN FALTA PRUEBAS
Consideran, además, que hay dos límites que "no se pueden franquear" con esta reforma. El primero de ellos, que las instrucciones dadas por el personal de los grupos parlamentarios tiene que limitarse a ordenar el funcionamiento de las ruedas de prensa, es decir, no puede tratar de condicionar de "ninguna manera" la conducta de los medios de comunicación pues esto podría afectar "negativamente" a la libertad de prensa.
"Las instrucciones deben limitarse a determinar qué periodista puede hacer uso de la palabra y por qué orden", según precisan en el texto al que ha tenido acceso Europa Press.
Por otro lado, avisan de que las pruebas para iniciar un procedimiento sancionador no pueden venir determinadas "únicamente" por la denuncia de un grupo parlamentario o los asistentes del mismo. "Será necesaria la concurrencia de otros medios probatorios (en particular, la existencia de grabaciones de vídeo) para poder imponer una sanción, en su caso", advierten.
LAS SANCIONES DEBERÍAN PRESCRIBIR
Por último, en lo relativo a los medios de comunicación, las nota de los letrados concluye que sería apropiado añadir en la reforma impulsada por los socialistas y sus socios parlamentarios un "régimen de prescripción". Proponen para ello que las infracciones consideradas muy graves prescribirán a los seis meses; las graves, a los tres meses y las leves, al mes.
Ese plazo de prescripción comenzaría a contarse desde el día en que la infracción se hubiera cometido y en el caso de infracciones continuadas o permanentes, el plazo comenzaría a correr desde que finalizó la conducta infractora.
UNA DISPOSICIÓN ADICIONAL PARA EL LENGUAJE INCLUSIVO
Los servicios jurídicos también han redactado una nota de observaciones técnicas a la otra reforma reglamentaria que tramita la Cámara, la que persigue traducir las normas de funcionamiento de la Cámara lenguaje inclusivo de género.
En este escrito, hacen una serie de propuestas técnicas para afinar el texto registrado por PSOE y Sumar, pero también alertan de que "en muchos casos, con la redacción que se propone, se introduce en algunos preceptos un elemento de ambigüedad que podría dificultar su correcta aplicación en el futuro".
Por ello, los letrados piden valorar la posibilidad de limitar la reforma a la introducción de nueva disposición adicional en el Reglamento, siguiendo lo que se ya se ha hecho en el ámbito de la Administración General del Estado y en algunos proyectos de ley remitidos a la Cámara.
Así, plantean que, en lugar de reescribir todo el Reglamento, se opte por una disposición genérica que señale que todas las denominaciones en "género masculino inclusivo" se entiendan "realizadas tanto en género femenino como en masculino", o bien que se redacte una más concreta con ejemplos de las menciones que deben entenderse como "referidas" también género femenino --diputado o diputada, Rey o Reina, ciudadano o ciudadana... etc--.
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