BILBAO - Carles Puigdemont alberga esperanzas de no ser extraditado a España después de que el auto dictado por el tribunal de Neumünster, en el que se decretaba mantenerle en prisión hasta que se resuelva su entrega, incluye de pasada una frase que le permite mantener la fe. Y es que la jueza alemana, que escuchó el lunes sus alegaciones durante tres horas y media, entiende que la euroorden emitida por el Tribunal Supremo podría no ser del todo procedente y así lo hizo constar en el acta judicial. “No cabe duda de que la orden de detención europea incluye indicios de que la extradición de la persona perseguida, después de la evaluación completa de las cuestiones judiciales, podría ser denegada”, reza el escrito.

Ahora bien, no es ella quien decide en última instancia sobre la extradición en un proceso que puede durar 60 días, según normativa europea, pero que puede extenderse a 90, aunque lo probable es que se solucione en un periodo mucho más breve. La Justicia de Schleswig-Holstein, que analizará si se cumplen los requisitos para ejecutar la entrega del president cesado, no podrá evitar tener que analizar el trasfondo político del asunto. Una de las opciones que mencionan los medios alemanes es la de que Puigdemont sea extraditado solo por delito de malversación de fondos, lo que impediría que fuese juzgado en España por rebelión, el delito más grave que se le imputa. Ello supondría ya de por sí una importante bofetada al Gobierno de Mariano Rajoy, así como a los tribunales españoles, cuya intención es procesar a Puigdemont también por rebelión agravada, castigada en el Estado español con hasta 30 años de cárcel.

La clave, según los expertos, reside en determinar si hubo o no violencia en el transcurso del procés. Nikolaos Gazeas, catedrático de Derecho Penal y Derecho Europeo de la Universidad de Colonia, señala que entre el delito de rebelión español y el delito de alta traición recogido en el Código Penal alemán hay una “similitud estructural”. Sin embargo, para que el delito se dé, es preciso que haya habido violencia o amenaza de violencia y para ello el derecho pone exigencias muy altas. “En el caso de Puigdemont el tribunal puede determinar que el delito imputado no se dio debido a que no hubo violencia en sentido estricto”, explicó Gazeas a la agencia Efe. El profesor de Derecho Penal, Procesal y Europeo Martin Heger, de la Universidad Humboldt de Berlín, añade que “el problema está en determinar si hubo violencia y eso es cuestión de interpretación”, apunta Heger. “Si asumimos que la violencia implica buscar un objetivo con un arma en la mano, en este caso no la ha habido. Pero si se asume que basta con que un comportamiento político produzca un levantamiento para que haya habido violencia, las cosas cambian”, argumenta. Según Heger, la tendencia presente es que hay que tomar la violencia en su sentido más estricto. “Ayer era más abierto, pero hoy creo que se tiende a negar que haya habido violencia”, dice en base al escrito.

Si se rechaza la entrega a por rebelión, quedaría abierta la posibilidad por el delito de malversación de fondos públicos. Y es que para Heger, el uso del artículo 81 del Código Penal alemán que alude a la “alta traición” implica dificultades jurídicas, ya que no se aplica desde la Segunda Guerra Mundial. Otra cosa es que el Gobierno de Merkel presione y busque no guardar rencillas con el de Rajoy.