LA pregunta está en el aire. ¿El Parlament aprobó el pasado viernes la independencia de Catalunya? Lo cierto es que la Declaración Unilateral de Independencia (DUI) no aparece en diario oficial alguno. Para el Constitucional hay que suponer que sí hubo esa declaración por cuanto el alto tribunal de garantías decidió el martes, y por unanimidad, suspender la supuesta declaración. Además, advirtió a la presidenta del Parlament y a los miembros de la Mesa de la Cámara de que deben abstenerse de “iniciar, tramitar, informar o dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias, acuerdo o actuación que permita otorgar valor jurídico alguno a la declaración de independencia”.
La realidad es que la Cámara autonómica solo votó el 27 de octubre la parte dispositiva de una propuesta de resolución de JxSí y la CUP, donde se instaba al Govern a adoptar las medidas necesarias para hacer posible la plena efectividad de la Ley de Transitoriedad de fundación de la república. La presidenta del Parlament, Carmen Forcadell, leyó primero el preámbulo de la declaración de independencia que los diputados de JxSí y la CUP firmaron el 10 de octubre, y que no llegó a entrar en vigor porque no se votó en el pleno.
A continuación, Forcadell anunció que se sometía a la votación de la Cámara la parte dispositiva de la propuesta de resolución de estos diputados, donde se instaba al Govern a hacer efectiva la Ley de Transitoriedad. “Votaremos la parte resolutiva”, trasladó la presidenta a la Cámara. Esto es, no sometió a votación el preámbulo, donde figuraba la Declaración Unilateral de Independencia. El acuerdo tampoco ha sido publicado en los diarios oficiales catalanes, de tal manera que no ha sido oficializado: no aparece ni en el Butlletí Oficial del Parlament de Catalunya, ni en el Diari Oficial de la Generalitat.
DEIA ha trasladado esta cuestión a Héctor López Bofill, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Pompeu Fabra, y a Juanjo Álvarez Rubio, catedrático de Derecho Internacional privado de la UPV/EHU, y ambos consideran que, quizá no con tanto boato como cabía esperar, pero sí se declaró la independencia.
“Creo que sí hubo declaración de independencia. De hecho ya la hubo el 10 de octubre y quedó suspendida. El 27 de octubre se levantó la suspensión y así lo entendió la comunidad internacional. Tanto por la prensa como por las reacciones de los estados, se entiende que sí hubo esa declaración. Los autos jurídicos son los que son y no los que sus autores dicen que son. Así, si la comunidad internacional reconoce que lo que sucedió fue una declaración de independencia, hay que suponer que se materializó. Otra cosa es que se optase por algo más ambiguo para eludir posibles responsabilidades penales”, afirma el profesor de Derecho Constitucional de la Pompeu Fabra.
A ello obedece también que la votación fuera en secreto y no por llamamiento desde la presidencia del Parlament. “Pudiera ser ese el motivo. De todas formas, en principio los diputados no son responsables de opiniones en sede parlamentaria, pero luego no sabes qué pensar”, señala. Lo cierto es que con la aplicación del artículo 155 de la Constitución la declaración de independencia parece estar en un limbo. “La efectividad de la república en el fondo no deja de estar supeditada a si existe o no. Ahora está en un limbo, pero eso no quiere decir que en cualquier momento no se pueda materializar. Estar en el limbo no significa que la república no exista, sino que su efectividad está suspendida”, señala López Bofill.
Por su parte, Juanjo Álvarez también considera que se produjo la declaración de la independencia. “Creo que jurídicamente sí que hubo declaración de independencia. No sé si por la estrategia de defensa futura, se hizo algo raro, que fue diseccionar lo que era la parte dispositiva, el preámbulo de la resolución, y dar contenido al artículo 4 de Ley de Transitoriedad”, señala.
El catedrático de la UPV/EHU reconoce que esa falta de solemnidad puede dar a entender otra cosa. “Lo que no hubo fue un acto notorio de exaltación de la proclamación de la república, pero jurídicamente, en mi opinión, votando lo que se votó creo que sí hubo esa declaración. De hecho, el mandato que salió del Parlament al Govern fue que se cumpla la Ley de Transitoriedad y eso solo es posible si previamente se ha proclamado la república. Sí es cierto que no tuvo el ornamento y la pompa esperada. Fue algo más tecnocrático y no tan glamuroso como muchos pensaban que iba a ser”, señala.
Para Álvarez, la postura internacional da a entender que sí hubo esa declaración. “Los estados han reconocido que ha habido una declaración unilateral de independencia y con ello un choque entre Catalunya y el Estado español”, asegura. Agrega que votar en secreto fue una cuestión de estrategia. “La acusación debe ser a nivel individual. Y los parlamentarios no tienen por qué decir lo que han votado en secreto”, apostilla.