LAS familias o personas cuidadoras de personas mayores necesitan su tiempo para descansar. Cuidar y atender a una persona mayor requiere un esfuerzo que en ocasiones llega a desgastar a una persona.

La Diputación Foral de Bizkaia, dentro de los programas de atención a este grupo de la población, ofrece las denominadas estancias temporales para mayores dependientes, que tiene como fin el descanso de esas personas cuidadoras, un descanso que es entendido como un tiempo de recuperación para hacer frente a una situación de necesidad. Durante ese tiempo, las personas mayores son atendidas en algunos de los centros de la red residencial con que cuenta la Diputación Foral de Bizkaia.

Para solicitar estas estancias, el ente foral establece una serie de razones para poder requerirlas. Una de ellas es por descanso o vacaciones de la persona cuidadora principal. En este caso, la estancia temporal tiene una duración mínima de dos días que puede ampliarse hasta un mes. Otra de las razones que permite solicitar estancias temporales es por situaciones que conlleven la imposibilidad o grave dificultad de prestar el debido cuidado a la persona dependiente (enfermedad aguda o intervención quirúrgica, motivos laborales, traslado u obras importantes en el domicilio...). En estos casos el periodo máximo puede ser hasta de tres meses.

Este programa atiende prioritariamente las situaciones de urgencia, es decir, aquellas habitualmente debidas a ingreso hospitalario o enfermedad aguda de la persona cuidadora principal.

También quedan establecidos los requisitos sobre qué personas pueden solicitar las estancias temporales en residencias. En este apartado, se incluyen aquellas personas que tengan 60 años cumplidos en la fecha de la presentación de la solicitud; aquellas que posean la nacionalidad de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea; y que estén empadronadas en el Territorio Histórico de Bizkaia. También tienen opción de pedir la solicitud aquellos mayores que hayan sido valorados como personas dependientes en grado II o III.

trámites de solicitud Una vez tomada la decisión, la persona interesada o su representante legal, deberá presentar la solicitud de estancia temporal en residencia en el registro del Departamento de Acción Social. Previamente, es necesario haber formalizado el Programa Individual de Atención en el marco de la Valoración de Dependencia, en el que se recoja este recurso como adecuado.

Entre los requisitos, es necesario presentar la documentación económica correspondiente a la persona solicitante y, en su caso, a los/as miembros de la unidad de convivencia. Una vez verificada la solicitud, el cumplimiento por parte de la persona solicitante de los requisitos generales de acceso y su situación económico-patrimonial, la Diputación Foral de Bizkaia-Departamento de Acción Social reconocerá a la persona solicitante la condición de beneficiaria de plaza en el servicio foral residencial, incorporándose al proceso de asignación de plaza.

En el caso de que no existiesen plazas vacantes, la persona interesada tendrá derecho a percibir la prestación vinculada al servicio para contribuir al abono de su posible estancia en una residencia privada.