CONOCIDA como Ley Dato, por ser su impulsor y autor Eduardo Dato Iradier, a la sazón ministro de la Gobernación, resulta interesante su análisis, así como su contexto, para poder aprender de la historia. Muy al contrario de lo que muchos puedan pensar, la primera legislación social española surge por influencia de la incipiente Doctrina Social de la Iglesia y, más concretamente, de la mano de un político conservador, Eduardo Dato Iradier. Independientemente de la ideología de cada cual, y en el campo que nos atañe, sus méritos resultan innegables y son dignos de ser resaltados, más si cabe si se tiene en cuenta la época en que se produjeron.

Ciertamente, Dato fue un gran incomprendido, tanto por muchos de los suyos como por las izquierdas, y sus reformas sociales fueron criticadas. Mientras que para los primeros las mismas iban en contra de la libertad de empresa, de la autonomía de la voluntad y de la competitividad, para los segundos resultaban insuficientes. Siempre tuvo que navegar a contracorriente. Pero su verdadero espíritu se refleja en una conferencia que ofreció en 1914 en la Sociedad El Sitio de Bilbao, bajo el título Armonía entre el capital y el trabajo, en la que afirmó haber consagrado con fe y constancia sus pobres esfuerzos de la vida política a todo cuanto pudiera mejorar la condición de los obreros. Frente a la revolución que pretendían llevar a cabo algunos, él supo, desde la legitimidad y legalidad institucional, actuar con sensibilidad social y, al tiempo, con razonabilidad. Estamos ante un jurista bien formado y de primer nivel, abogado de prestigio, autor de multitud de dictámenes y publicaciones jurídicas, conocedor en persona de las principales reformas sociales que se estaban llevando a cabo en los principales países europeos? Sin embargo, la España de la Restauración languidecía y caminaba hacia el precipicio.

Dato apostó muy tempranamente por las reformas sociales, asumiendo con ello las nuevas tendencias del intervencionismo legislativo y de Justicia Social que comenzaban a imperar en el resto de Europa con el fin de superar la cuestión social. A ello debía sumarse la grave situación de España con sus crisis sociales, económicas y territoriales. El talante de Dato queda de manifiesto con el hecho de que en 1892, siendo subsecretario del Ministerio de Gobernación, abordara el régimen penitenciario o la represión de la trata de blancas. Ya, con Francisco Silvela como presidente del gobierno regeneracionista de 1898 y siendo ministro de Gobernación, afrontó, entre otros, los retos de redactar un proyecto descentralizador cuyo eje eran las mancomunidades de provincias y de organizar las primeras elecciones con sufragio universal. Precisamente es durante este período cuando se promulgó la Ley de accidentes de trabajo, de 30 de enero de 1900, así como la Ley de 13 de marzo de 1900, reguladora de las condiciones de trabajo de mujeres y niños, por la que se establecieron ciertas condiciones en materia de edad, jornada, descanso y seguridad material y moral y se reconoció a las mujeres trabajadoras un plazo de descanso posparto y el derecho a interrumpir una hora la jornada durante el período de lactancia. Ambas leyes son claro ejemplo del intervencionismo legislativo por el que Dato pretendía establecer un suelo mínimo de Derecho necesario para, a continuación, apostar por la vía de la concertación social.

En todo caso, lejos de cualquier medida populista, abogó por fórmulas jurídicas que estuvieran inspiradas en un exacto conocimiento de la realidad de la industria del país. No en vano, él fue, primero, testigo y protagonista de la labor realizada por la Comisión de Reformas Sociales, con un intervencionismo científico que, a través de cuestionarios, supo identificar y retratar la situación de la clase obrera. Posteriormente, a partir de 1903, gestionó la creación del Instituto de Reformas Sociales, integrando a los trabajadores en las incipientes políticas legislativas en materia social. Con esa filosofía, siendo representante de los conservadores en el Congreso, inspiró y contribuyó a la aprobación de la Ley de 13 de marzo de 1904, de descanso dominical.

Ya durante el denominado "gobierno largo" de Maura, entre 1907 y 1909, ejerciendo como presidente del Congreso de los Diputados, se aprobaron normas de gran importancia como el Real Decreto de 18 de julio de 1907, por el que se reguló el pago de los salarios y la obligación de retribuirlo con la moneda de curso legal; la Ley de 27 de febrero de 1908, por la que se creó el Instituto Nacional de Previsión, con el fin de difundir e inculcar la Previsión social y de impulsar los Seguros Sociales, antecedentes directos del actual Sistema de Seguridad Social; la Ley de 19 de marzo de 1908 de Consejos de Conciliación y Arbitraje Industrial, para solucionar los conflictos laborales y las consecuencias más graves de los mismos, como huelgas y cierres patronales, mediante la conciliación llevada a cabo por órganos paritarios o incluso por arbitraje; la Ley de 19 de mayo de 1908, creadora de los Tribunales Industriales, como primeros tribunales específicos en materia laboral; y la Ley de 27 de abril de 1909, relativa a huelgas y coligaciones, por la que se procede a legalizar en España la huelga y se permite la coligación tanto de empresarios como de trabajadores.

Será en 1913 cuando Dato se convierta, por vez primera, en presidente del Consejo de Ministros y su gran mérito fue mantener a España neutral en la Primera Guerra Mundial. Su segundo mandato, en 1917, se vio condicionado por la llamada "triple crisis", a saber, Junta de defensa, Asamblea de parlamentarios y huelga general revolucionaria. Por último, nada más ser nombrado de nuevo presidente en 1920, creó el Ministerio de Trabajo.

Sin embargo, su política reformista se vio truncada al ser asesinado por tres pistoleros catalanes anarquistas en 1921. Su excusa, la dura represión ejercida en Barcelona por el general y gobernador civil, Severiano Martínez Anido, ante la virulenta situación que se vivía como consecuencia de la violencia ejercida por los anarquistas. Conviene matizar, no obstante, que el gobernador civil actuó al margen de las directrices del Gobierno central y del modo de actuar del propio Dato. Ya en la huelga revolucionaria de 1917, Dato había afirmado públicamente el "yo no fusilo", despreciando así la violencia por la violencia. De hecho, se afirma que el día posterior a su asesinato tenía una cita con Maura, en la que, supuestamente, su intención era ceder a este el liderazgo de los conservadores españoles, por no poder vencer la repugnancia a aplicar determinados métodos violentos.

Sin duda, un triste e inmerecido final. Pese a todo, su figura sigue presente; principalmente por el avance que supuso su Ley de Accidentes de Trabajo y por el desarrollo posterior que ha tenido en materias como el Derecho del Trabajo, la Seguridad Social y la Prevención de Riesgos Laborales. Tal es así que su definición de accidente de trabajo supuso el reconocimiento del trabajo por cuenta ajena, y una interpretación amplia y flexible del accidente de trabajo que ha permitido que sean considerados como tal incluso muchos supuestos que escapan a la culpa in vigilando del empresario, como los accidentes in itinere, determinados accidentes en misión, los ocurridos en acto de salvamento o algunos tipos de enfermedades intercurrentes. Asimismo, esta ley estableció la responsabilidad objetiva por accidente de trabajo, reguló unas indemnizaciones al efecto, hizo hincapié en la importancia de la prevención y concibió la fórmula del seguro como mecanismo para cubrir la protección por accidente de trabajo, lo que dio lugar a la constitución, ese mismo año, de las primeras Mutuas de Accidentes de Trabajo, primero, en Vitoria (La Previsora), y, después, en Bilbao (Sociedad de Socorros Mutuos de Vizcaya).

La Ley de accidentes de 1900 dio sus frutos y aspectos como la concertación social y la prevención fomentados por Dato siguen siendo fundamentales. Hoy día, existen nuevos retos, y toca estar a la altura, actuar con razonabilidad, buena fe, humanidad y sentido social. Los riegos en el ámbito laboral son el gran caballo de batalla en una sociedad egocéntrica, contaminante, estresante y poco dada al diálogo social.

* Profesor Derecho laboral de la Universidad de Deusto