REIVINDICAR la oficialidad internacional de nuestras selecciones vascas no supone buscar el enfrentamiento ni la mera disputa política frente a nadie. Reivindicar la oficialidad internacional de las selecciones vascas cuyas federaciones así lo deseen supone exigir el respeto a la legalidad, que permite respaldar esta planteamiento. Cabe recordar que a nivel internacional no compiten los Estados, compiten las federaciones con competencia para ello. Y nuestras federaciones vascas ostentan tal competencia. No existe una norma imperativa en el ordenamiento jurídico español ni en el europeo ni en el marco normativo internacional que prohiba o imposibilite la proyección y dimensión internacional oficial de nuestras federaciones vascas.
En este camino hay que lograr aunar tres voluntades: primero (y la más importante) la de la federación vasca de turno que reivindica su oficialidad internacional, y a continuación la del Estado y la internacional correspondientes. Esto ya ha ocurrido en no pocas ocasiones. A lo largo y ancho del mundo hay 49 naciones sin Estado que han llegado a la "orilla" y tienen una o más selecciones que compiten internacionalmente de forma oficial y con toda la normalidad. ¿Por qué nosotros no?
Hay que explorar las vías internacionales para intentar superar el veto/bloqueo que pueda plantearse (por motivos de índole político) desde instancias federativas españolas. De nuevo hay que recordar que aquí no hay choque de "soberanías", porque las federaciones deportivas internacionales son entes de naturaleza privada que, al no estar integradas por Estados, no se rigen por el Derecho internacional Público y, por tanto, en aplicación de su libertad organizativa tienen capacidad para establecer sus normas de admisión de nuevos miembros.
Como consecuencia de esa naturaleza jurídico-privada, las federaciones deportivas internacionales disponen de plena libertad de autorregulación para establecer los requisitos de admisión de sus nuevos miembros, y por ello la integración de una federación deportiva vasca en una federación deportiva internacional podría ser posible si la federación deportiva internacional en cuestión permitiese la admisión de federaciones deportivas sin Estado conforme a sus propias reglas de admisión y si la federación deportiva vasca en cuestión cumpliese con los requisitos de admisión establecidos en cada caso por la correspondiente federación deportiva internacional.
Conforme al ordenamiento jurídico estatal, es pacífico que la representación internacional del deporte federado vasco es materia propia del título competencial calificado como "deporte" y no queda adscrito a los títulos competenciales ni de "relaciones internacionales" ni de "cultura". Y por aplicación de lo establecido en el artículo 148.1.19 CE y en el artículo 10.36 EAPV, la CAPV tiene competencia exclusiva en materia de "deporte".
Como proyección de dicha competencia exclusiva, existirían normas autonómicas en materia de "deporte" que avalarían la representación internacional del deporte federado vasco. Pese a ello, el Tribunal Constitucional construyó un título competencial ad hoc, extrajo de su "chistera jurídica" un novedoso concepto, inexistente en la Constitución y en las leyes, concretado en el interés general de la afectación internacional del deporte federado español en su conjunto y la necesidad de representación unitaria del Estado. Y así, otorgó a la normativa estatal una preferencia competencial formalmente inexistente para regular así cuestiones como la decisión de la participación de las selecciones españolas en competiciones internacionales, la autorización de la inscripción de las federaciones españolas en las federaciones internacionales correspondientes o la autorización de la celebración de competiciones internacionales de carácter oficial en territorio español.
De esta forma, la admisión de una federación deportiva vasca en federaciones deportivas internacionales no solo depende de las reglas de admisión internas de la federación deportiva internacional correspondiente, lo cual únicamente se produciría en los supuestos minoritarios en los que no existiese federación española y sí federación vasca, sino que, en los supuestos mayoritarios en los que coexistan federaciones españolas y vascas, se exigiría la confluencia de tres voluntades: la de la federación vasca, la de la federación española y la de la federación internacional.
El camino hacia la oficialidad internacional no será fácil, pero merece la pena intentarlo. Hay que llegar hasta el final. Ni frente a nadie ni contra nadie. Hay vías europeas e internacionales a explorar y precedentes que aportan ilusión y esperanza.