Actuar sobre el cuadro clínico que presenta el paciente buscando la mejoría, la desaparición de los síntomas y la remisión parcial o total del mismo. Esta acción se encuadra dentro de la prevención secundaria de la enfermedad. Actuar sobre las circunstancias sociales y familiares que modulan el curso, la respuesta a los tratamientos y el pronóstico de la enfermedad. Esta acción se encuadra dentro de la detección de factores de protección y de riesgo y de la actuación específica sobre ellos. Actuar sobre las secuelas del proceso patológico, sean estas transitorias o estables, debidas a la patología o secundarias a los tratamientos. Esta acción se encuadra dentro de la prevención terciaria de la enfermedad. Actuar sobre las consecuencias sociales del enfermo mental. Se incluyen aquí las acciones para la minimización del estigma social así como acciones destinadas a promover y mejorar la actitud y la colaboración del entorno inmediato del paciente y, eventualmente, la prestación de ayuda específica a dicho entorno (fundamentalmente a la familia). Esta acción se encuadra dentro de las labores facilitadoras de reinserción social. En definitiva, persigue un aumento de la calidad de vida y la satisfacción (disminución del sufrimiento) de los pacientes con trastornos graves de salud mental y de su entorno próximo (familia). Qué esperanzador es leer esta información, si no fuera porque la realidad es tan distinta. La burocracia institucional es tan brutal que condena al enfermo y su familia a soportar un infierno antes de conseguir, si se consigue llegar con vida, a esa calidad de vida y disminución del sufrimiento que pregonan.