El Código Penal tiene estas cosas. Hay delitos que prescriben. Se puede tener la certeza de que un individuo los ha cometido, pero si ha pasado un determinado número de años, el delincuente se irá de rositas. El concepto de prescripción penal se basa en el hecho de que, transcurrido un tiempo desde la comisión del delito, la pena ya no cumpliría la finalidad de prevención del mismo y la sanción, incluso, podría ser contraria a su fin resocializador. Así lo explican los juristas y así está contemplado en buena parte de los ordenamientos penales del planeta, por lo que sería muy osado ponerlo en solfa. También sería muy osado, seguramente, asegurar que por este camino nos podemos encontrar en cualquier momento con un presidente que es un auténtico chorizo, pero cuya responsabilidad penal ha caducado. La habilidad para cometer el delito y ocultarlo hasta que prescriba puede tener incluso su valoración positiva entre el electorado más fiel: “¡Qué listo es!”. Pablo Casado ha pedido al Tribunal Supremo que no le investigue por su máster. No hay indicios, dice, de la comisión de los dos delitos que se le atribuyen y, en todo caso, sentencia, estos estarían prescritos. Ha andado listo. Si no ha cometido el delito, no sé por qué rechaza someterse a la justicia; si lo que vale es la prescripción, doble vergüenza: para él y para la lentitud del sistema en detectarlo. Y la vergüenza no prescribe, al menos la ajena; la propia, se tiene o no se tiene de cuna.