El anteproyecto de Ley de Protección, Derechos y Bienestar Animal, aprobado a principios de agosto e impulsado por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y que iniciará próximamente su tramitación parlamentaria, regula el trato que deberán recibir los animales de compañía en España y entre otras cuestiones norma sobre la cría doméstica de cualquier mascota.

El preámbulo del anteproyecto aprobado por el Gobierno desvela que en uno de cada tres hogares españoles se convive con al menos una mascota y en la actualidad hay 13 millones de animales registrados e identificados. Pese a ello, se estima que aproximadamente que el 50% de los animales de compañía no están identificados oficialmente, esto significa que habría un número similar que no constan en los registros públicos.

Esta cuantiosa cifra ha servido al ministerio que encabeza Ione Belarra para querer establecer "un mínimo común de derechos y obligaciones con los animales, con independencia del territorio en el que vivan", y es que hasta ahora las condiciones de vida de las mascotas han venido reguladas en normas autonómicas y locales, todas de naturaleza distinta y con enfoques muy diversos.

Un cachorro se acurruca plácidamente en su cama. Freepik

Cría de mascotas

Entre otros cambios, la nueva ley de Ley de Protección, Derechos y Bienestar Animal, prohíbe la cría doméstica de cualquier mascota, y prevé entre 500 y 10.000 euros de multa si estas procrean, y obliga a esterilizar a todos los gatos. Por tanto sí, me pueden multar si mi perra -o cualquiera de mis mascotas- se queda preñada.

El artículo 27 de la ley establece la prohibición de criar animales de compañía por quien no esté inscrito en el Registro de Criadores de Animales de Compañía, una trámite que pese al formalismo, consiste en una inscripción abierta a todos los propietarios de mascotas “online, fácil y gratuita”, cuya finalidad “no es que el criador sea profesional, sino registrar a todos los animales que nazcan”.

En caso de no estar inscrito en este Registro como criador oficial y tu mascota tenga descendencia, el propietario podrá ser sancionado como autor de una infracción leve, que lleva aparejada una multa de entre 500 y 10.000 euros. Si el propietario reincide en el plazo de tres años, la multa pasará a ser grave (de 10.001 a 50.000 euros).

Sin embargo, el Director General de Derechos de los Animales, Sergio García Torres, insiste en que esto no significa que "se vaya a multar a quien accidentalmente se le quede embarazada una perra”, pues si esto ocurre, “el dueño puede registrarse como criador o interrumpir el embarazo”.

Esta medida busca, por un lado, reducir el elevado abandono animal de nuestro país, en el que se estima que se producen entre 200.000 y 300.000 abandonos al año, y por otro, mantener cierto "control de trazabilidad" de estos animales, afirma García Torres.

La finalidad de la ley, que también contempla la obligación de esterilizar a los gatos antes de que estos cumplan seis meses -salvo figure en el Registro de Criadores como ejemplar reproductor- es alcanzar el máximo nivel de protección de los animales, "fundamentalmente de aquellos de compañía y de los que se encuentran bajo la responsabilidad de las personas". De esta manera, la intención de la ley es centrarse en los animales de entorno urbano.