El siglo XIX supuso para el Notariado español un cambio de orientación decisivo. Los escribanos y notarios que venían ejerciendo con una mayor o menor autonomía sus oficios en los diferentes reinos peninsulares estaban organizados en cada uno de ellos de un modo diferente.

Los pasos más significativos en la creación de un Notariado común vinieron ligados a la Constitución de 1812 y aun antes en 1811 mediante un Decreto de las Cortes de Cádiz que incorporó a la nación española los oficios públicos vinculados a los señoríos jurisdiccionales. Tras diferentes decretos, se inició un camino que culminó con la Ley del Notariado, de 28 de mayo de 1862, hoy todavía en vigor y que supuso la configuración definitiva del Notariado en el Estado en la forma que es conocida en la actualidad.

La reforma, de hondo calado, suscitó la oposición de los territorios aforados de Araba, Bizkaia, Gipuzkoa y Nafarroa, pero triunfó, terminando con todas las organizaciones territoriales del Notariado y estructurándolo en un único cuerpo, cerrando así un ciclo histórico y comenzando otro nuevo que perdura hasta hoy.

La nueva organización notarial requería, sin embargo, el establecimiento de un sistema de capacitación profesional del Notariado, que era una vieja aspiración de quienes se habían ocupado de este tema. El Real Decreto de 13 de abril de 1844 estableció lo siguiente: Artículo 1.º En las capitales donde residen las Audiencias territoriales, se establecerá una cátedra para la enseñanza de los que se dedican a la carrera de Escribanos y Notarios. En dichas cátedras se establecieron dos cursos escolásticos para la carrera del Notariado (art. 3): En cada una de estas cátedras se cursarán por un mismo Catedrático dos años escolásticos: uno de toda la parte del Derecho civil español que tiene relación con el oficio de Escribano, y otro de la práctica forense o sustanciación civil y criminal, y otorgamiento de documentos públicos.

Se estableció igualmente un paralelismo con las enseñanzas universitarias (art.5) y se señalaron los requisitos para su matrícula que incluían un examen de Gramática castellana y Aritmética (art. 6), así como los exámenes (art. 7) y la necesidad de la certificación de dichos estudios para obtener el título de Escribano o de Notario de Reinos (art. 8) con la excepción de los abogados (art. 9).

La Ley de Instrucción Pública, de 9 de septiembre de 1857, calificó la carrera del Notariado como enseñanza superior con sus estudios y los requisitos para ser catedrático de la misma. Se configuró así un cuerpo de funcionarios públicos ligados al Derecho patrimonial que tuvo diferentes vicisitudes, sobre todo a partir de finales del siglo XIX y principios del siglo XX, relacionadas con aspectos relativos a la colegiación notarial.

A lo largo del siglo XIX las circunstancias políticas cambiaron y muy señaladamente en la época de la Primera República cuya constitución, el 5 de junio de 1869, (Gaceta de Madrid de fecha 7 de junio de 1869, núm. 158) estableció en su artículo 24 lo siguiente: Todo español podrá fundar y mantener establecimientos de instrucción o de educación sin previa licencia, salva la inspección de la Autoridad competente por razones de higiene y moralidad.

Este artículo ratificaba lo que el Decreto de 21 de octubre de 1868 (Gaceta de Madrid de fecha 22 de octubre de 1868, suplemento) ya había establecido de forma expresa: Artículo 5. La enseñanza es libre en todos sus grados y cualquiera que sea su clase. Artículo 6. Todos los españoles quedan autorizados para fundar establecimientos de enseñanza, y Artículo 12. Las Diputaciones Provinciales y los Ayuntamientos podrán fundar y sostener establecimientos de enseñanza, aquellas con fondos de la provincia y estos con los del municipio.

Se abría así una vía para que las Diputaciones Provinciales y los Ayuntamientos pudieran fundar y sostener establecimientos de enseñanza, vía que utilizó el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, conectando con diferentes iniciativas que a lo largo del siglo XIX se dieron en los Territorios Históricos vascos y Navarra en torno a la fundación de una Universidad vasco-navarra.

La Carrera del Notariado en Vitoria-Gasteiz se incardina así en la puesta en marcha de una Universidad Literaria en Vitoria-Gasteiz, fruto a su vez de la política liberal y la ideología krausista que propició en España la Primera República, con el establecimiento de la libertad de enseñanza. Este fenómeno tiene su contrapeso en la inmediata restauración de la Universidad Carlista de Oñate (1873-1876), que también contó con la Carrera del Notariado.

En este contexto surge la Universidad Literaria o Libre de Vitoria-Gasteiz bajo la égida del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. El primer curso fue el de 1869-1870, y en su apertura, que tuvo lugar el 1 de octubre, disertó como Rector provisional Mateo Benigno de Moraza, defensor de los fueros vascos, que hizo un recorrido por los estudios de las tres facultades que se creaban en aquella universidad: la Facultad de Filosofía y Letras, la Facultad de Derecho y la Facultad de Ciencias. En el curso 1871-1872 se estableció la carrera del Notariado y existió durante dos cursos, el citado 1871-1872 y el curso 1872-1873. Como los demás estudios del Notariado, tenía una duración de dos años y las estadísticas ofrecen para esa carrera y en el curso 1871-1872 la cifra de 26 alumnos matriculados y 2 libres que se desglosa en 33 alumnos examinados por asignatura y aprobados todos ellos –salvo 5– con premio extraordinario y accésit respectivamente en la asignatura de Teoría y Práctica de la redacción de instrumentos públicos y actuaciones judiciales para los alumnos Emiliano Pascual y Rodríguez y Miguel Azcarate y Larrumbide, respectivamente.

La carrera del Notariado que se impartió en la Universidad Literaria de Vitoria-Gasteiz constaba de las dos asignaturas que se impartían anualmente en dicha carrera y que eran las de Nociones del Derecho civil, mercantil y penal en el primer curso y la de Teoría y práctica de la redacción de instrumentos públicos y actuaciones judiciales en el segundo. La primera de las asignaturas era explicada por el Catedrático Dr. D. Fernando de Casas y Mendívil, y la segunda, por el Dr. Ángel María Álvarez Cabeza de Vaca.

El profesor Álvarez participó activamente en la vida intelectual de Vitoria-Gasteiz, entonces en plena efervescencia, como lo atestigua su paso como secretario del Ateneo científico, literario y artístico de Vitoria-Gasteiz y la publicación de diferentes textos en la revista de dicha institución, relacionados tanto con su profesión de jurista como con la poesía.

No hay referencia de los programas que pudieron ser empleados en la carrera del Notariado de la Universidad Literaria de Vitoria-Gasteiz, pero cabe pensar que no se alejarían excesivamente de los que estaban en boga en otros centros semejantes. Los alumnos de la Carrera del Notariado procedían mayoritariamente de los territorios vascos. La orla académica del curso 1871-1872 que acompaña a este texto proporciona una información relevante acerca de sus orígenes y de su posterior biografía profesional, que no siempre se orientó por el Notariado.

Las referencias de los alumnos de la orla son diversas. Entre ellos, v. gr. aparece Emiliano Pascual y Rodríguez, natural de Santa Clara (Cuba) y notario de Santoña en 1887, o Fernando Urrestarazu y Arbizu, natural de Echarri-Aranaz que posteriormente aparece como notario de Elgoibar en los años 1873-1878. Otros como Baldomero Villasante y Anchústegui, natural de Zornoza, ocuparon cargos políticos y, de hecho, fue alcalde de Bilbao (1902).

En el año 1873, con la guerra carlista ya iniciada, el Ayuntamiento liberal de Vitoria-Gasteiz llamó a integrarse en la Milicia de defensa de la ciudad a todos los miembros de la Universidad Literaria de Vitoria-Gasteiz, incluidos los profesores y alumnos. No se hicieron esperar las protestas de los catedráticos, que en escrito dirigido al Ayuntamiento con fecha 26 de agosto de 1873, solicitaron “revocar los acuerdos de 25 de junio y 2 de julio últimos, 2 y 6 del actual, con todos sus efectos, y reponer las cosas al ser y estado que antes tenían; en lo que recibiremos merced”. Firmaba, entre otros, Ángel María Álvarez, y se citaba el precedente de la Universidad de Oñate y su supresión a raíz de una medida análoga adoptada por la Diputación Foral de Gipuzkoa. El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz dejó en suspenso la actividad universitaria el 1 de octubre de 1873.

Así terminó la historia de la Universidad Literaria de Vitoria-Gasteiz y de la Carrera del Notariado en Álava. La generación que hizo posible aquella realidad, con nombres destacados en el ámbito de la cultura vasca (Fermín Herrán, Federico Baraibar y otros) se encontraba en medio de graves problemas sociales y bélicos (guerras carlistas) y vivió el proceso de la pérdida foral que dio una nueva fisonomía a los territorios vascos.

En aquella situación, el establecimiento de la Carrera del Notariado, más allá de un tema de consecución de matrículas escolares, visualiza el interés del país por una profesión como la notarial de honda raigambre jurídica y social, como lo demuestran las biografías vitales y profesionales de los que fueron primero sus alumnos y luego los cuadros de la sociedad vasca del momento.