El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un anteproyecto de ley que permitirá reforzar los derechos de los consumidores en actuaciones colectivas contra acciones y omisiones de un empresario que los usuarios consideren ilícitas.

El anteproyecto, presentado por la ministra de Justicia, Pilar Llop, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, traspone una directiva europea sobre las acciones de representación para la protección de los intereses colectivos de los consumidores. Y su desarrollo llevará consigo la creación de registro público de acciones de representación para que se conozcan mejor las actuaciones en marcha.

El objetivo, según el Ministerio de Justicia, es solventar la debilidad del consumidor en las relaciones de mercado ante una posible práctica ilícita de un empresario pues en la mayoría de los casos, si acude a la vía judicial, hay una desproporción entre los gastos que conlleva y las cantidades que el consumidor recupera.

ACUERDO CONSUMIDOR-EMPRESA

Con esta nueva norma, en cuya propuesta ha colaborado como coproponente el Ministerio de Consumo, según Llop, se regula por primera vez la posibilidad de llegar a un acuerdo dentro del propio proceso entre el consumidor y la empresa, y se considera necesario que exista una reclamación previa antes de demandar por esta vía.

En la normativa actual se recogen algunos aspectos de tutela efectiva de los derechos colectivos de los consumidores, pero con este anteproyecto se establece un título nuevo en el que se definen las acciones de representación denominadas "resarcitorias" y de "cesación", además de la posibilidad de llegar a un acuerdo dentro del proceso y que el juez lo homologue.

Para el caso de las demandas "resarcitorias" se fijan exigencias de difusión y publicidad a las decisiones relevantes del proceso, y que la gestión del procedimiento cuente con el apoyo de una plataforma electrónica singular para cada uno de esos procesos.

Esta tendrá que servir para transmitir información a los afectados y para que la información que obtengan pueda ser utilizada de manera fiable por el tribunal o por el liquidador al ejecutar la sentencia.

Se contempla una novedad procedimental, la de la audiencia de certificación y que servirá al tribunal para comprobar que la acción "no resulta manifiestamente infundada", según Justicia.

Si se cumplen los requisitos, el tribunal dictará el auto de certificación, que será una pieza crucial del proceso, pues en él se determinará el ámbito objetivo del mismo (en relación con qué conductas se admite la tutela colectiva) y su ámbito subjetivo (los consumidores y usuarios que han de verse afectados).

También es novedosa la regulación de los acuerdos de resarcimiento para así poner fin a la controversia y poder tutelar de forma especial la posición jurídica de los consumidores y usuarios, cuyos derechos e intereses están en juego en el proceso.