Una jueza de Gasteiz ha anulado la comisión de 10 euros que cobra el Banco Santander por los ingresos en efectivo efectuados en ventanilla por parte de personas que no sean titulares de una cuenta por entender que es "una práctica abusiva, contraria a la normativa de protección de los consumidores y usuarios".

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Vitoria ha dictado una sentencia en la estima parcialmente la demanda presentada por la Asociación de Personas Consumidoras y Usuarias Vasca (EKA/ACUV) y condena al Santander a "abstenerse del cobro" de esa comisión y "a eliminar del folleto de tarifas de comisiones, condiciones y gastos la información relativa a su devengo".

La asociación demandante también pedía que se anulara el cobro de "la comisión por aviso especial de ingreso en efectivo", pero en la sentencia, con fecha del 22 de abril, "no se entra a valorar la posible abusividad" de esta segunda comisión de 3 euros porque "no existe desde al menos el 1 de enero de 2018".

El fallo que puede recurrirse ante la Audiencia Provincial de Araba, que en su día ya confirmó una sentencia de este mismo juzgado que declaraba abusiva la comisión de 2 euros impuesta por Kutxabank a los ingresos en efectivo efectuados en cuentas de la entidad por terceras personas, y condenaba al banco a eliminarla.

Kutxabank recurrió la sentencia pero la semana pasada el Tribunal Supremo ratificó el criterio tanto del Juzgado de lo Mercantil 1 de Vitoria como de la Audiencia Provincial de Álava y declaró abusiva la citada comisión tal y como pedía la EKA/ACUV, que también en este caso fue la impulsora de la demanda.

Tribunales vascos han condenado también en los últimos meses a otros bancos, como Bankinter y BBVA, por imponer cláusulas abusivas en el cobro de comisiones para extraer o ingresar dinero.