La Caja Fuerte y los convenios colectivos en Euskadi

Ante el debate suscitado por algunos partidos políticos y sindicatos vascos sobre si el marco de negociación colectiva vasca está protegido por el reciente RDL 32/2021 de 30 de diciembre que recoge el acuerdo alcanzado entre CEOE, CCOO y UGT, considero que el marco de negociación vasco sí está suficientemente protegido teniendo en cuenta que la normativa actual permite, en el ámbito de una comunidad autónoma, negociar acuerdos o convenios que afecten a lo dispuesto en los de ámbito estatal, además de que disponemos del acuerdo interprofesional citado anteriormente.

Sin embargo, las preguntas que desde las organizaciones empresariales nos hacíamos entonces siguen estando vigentes hoy. La negociación colectiva se sigue entendiendo desde el lado sindical en Euskadi como un medio para limitar la aplicación de la legislación vigente desde 2012 y constreñir la capacidad de la empresa para tomar decisiones que le permitan una mejor gestión y respuesta a escenarios de competencia con los que convive a diario. Incluso, en no pocas ocasiones, se ha optado por bloquear la negociación sectorial con el fin de forzar acuerdos de empresa, lo que desde el año 2012 se ha demostrado claramente insuficiente para dar cobertura general a empresas y trabajadores/as.

Mientras lo anterior suceda, los desacuerdos primarán sobre los acuerdos y estos, como suele ser regla general, se producirán después de largos periodos de negociación. Y esta circunstancia sí es un riesgo real de favorecer que la negociación estatal gane terreno sobre la territorial o provincial.

En 2022 y en Bizkaia, prácticamente el 80% de los/las trabajadores/as inician el año con el convenio sin renovar. Algunos convenios, como el de Estaciones de Servicio o el de Comercio en General, llevan 2 y 3 años de negociación respectivamente. El último convenio sectorial en firmarse el pasado diciembre fue el de Comercio de Alimentación, con un retraso de tres años. ¿De qué nos sirve un acuerdo autonómico interprofesional que otorgue prioridad a lo negociado provincialmente si luego no somos capaces de acordar?

Es por ello que centrar el foco del problema en materia de negociación colectiva en una discusión sobre ámbitos, cuando además ni siquiera la reforma laboral del año 2012 modificó esta materia (la redacción previa a la última reforma proviene del Real Decreto Ley 7/2011, de 10 de junio, del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero) es, en mi opinión, desviar la atención del verdadero problema de la negociación colectiva en Euskadi: la incapacidad para afrontar una necesaria renovación de sus contenidos para adaptarse a las nuevas necesidades de los/as trabajadores/as y fundamentalmente de las empresas, lo que provoca la imposibilidad de alcanzar acuerdos de una forma ágil.

La exposición de motivos del reciente Real Decreto Ley 32/2021 traslada expresamente la necesidad de modernizar la negociación colectiva, buscando la configuración de dinámicas empresariales y productivas eficientes, enriqueciendo sus contenidos y reforzando la seguridad jurídica en su aplicación y sus efectos.

El reto, hace cinco años y hoy, es llevar a cabo en Euskadi esta modernización sin que se entiendan los convenios como instrumentos para limitar la capacidad de gestión de lación de propuestas que permitan contar con empresas competitivas donde los trabajadores/as cuenten con condiciones que les permitan desarrollar su actividad en las mejores condiciones posibles.

En conclusión, si queremos que se firmen más convenios sectoriales en Euskadi, y por lo tanto tener un ámbito vasco que proteger, parece claro que debemos explorar nuevas fórmulas de negociación y abandonar posturas con que continuamente se pretende obstruir la capacidad de decisión y organización de una de las partes.

* Secretario general de Cebek