BILBAO. Así figura en el anteproyecto de norma aprobado hoy por el Consejo de Gobierno de la Diputación de Bizkaia, por el que se actualiza el catastro de Bizkaia con la valoración de 24 inmuebles de características especiales, que son aquellos que no se consideran ni urbanos, ni rústicos.
En esta categoría de inmuebles se encuentran el aeropuerto de Bilbao, la refinería de Muzkiz, las presas existentes en Bizkaia, los puertos comerciales de sus costas, los parques eólicos, los embalses y las centrales térmicas, entre otros, informa la institución foral en un comunicado.
Esta actualización se suma a la llevada a cabo por la Diputación vizcaína en 2016, cuando se subieron los valores catastrales de los bienes urbanos y rústicos.
Afectará a los puertos comerciales de Bilbao y de Bermeo-Mundaka; las presas de El Regato, Gorostiza, Undurraga, Nocedal, Artiba, Zollo, Aranzelai, Lekubaso, Laukariz, Urbieta, Triano y Oiola; las centrales térmicas de Santurtzi, Bahía Bizkaia, Boroa y Zabalgarbi; los parques eólicos de Punta Lucero y Monte Oiz; la central hidroeléctrica de Barazar; la planta regasificadora Bahía Bizkaia Gas; la refinería de Petronor; y el aeropuerto de Bilbao.
El anteproyecto de norma aprobado establece los criterios que deben aplicarse para determinar el valor catastral del inmueble afectado, tomando en consideración el valor del suelo, de las construcciones y diversos criterios técnicos específicos para cada instalación.
En una primera fase, los criterios de valoración serán expuestos públicamente y se abrirá un plazo de presentación de alegaciones. Resueltas estas, se calculará y notificará al propietario de cada inmueble el valor catastral.
Ese valor servirá de base para calcular el Impuesto de Bienes Inmuebles, uno de los impuestos de titularidad municipal.
Los 24 inmuebles afectados por esta actualización están ubicados en 30 municipios del territorio histórico: Abanto, Alonsotegi, Amorebieta-Etxano, Arrankudiaga, Barakaldo, Bedia, Bermeo, Berriz, Bilbao, Derio, Erandio, Galdakao, Getxo, Gueñes, Lemoiz, Loiu, Mallabia, Mundaka, Mungia, Munitibar, Muskiz, Ortuella, Santurtzi, Sestao, Sondika, Trapagaran, Ubidea, Zamudio, Zeanuri y Zierbena.
Según este anteproyecto, los ayuntamientos de estas localidades podrán establecer un tipo impositivo situado en la horquilla que va del 0,2% al 0,8% del valor catastral del inmueble.
Una vez tramitado en las Juntas Generales los ayuntamientos deberán aprobar el tipo impositivo a lo largo de 2019, de modo que entre en vigor el uno de enero de 2020.
El anteproyecto de norma aprobado hoy recoge, además, la exención del recargo sobre viviendas vacías para aquellos inmuebles destinados a vivienda pública de carácter social.