Cada diciembre vuelve a repetirse la misma estampa: comidas y cenas de empresa que mezclan brindis, compañerismo y, a veces, demasiada confianza. Este año el vídeo del abogado laboralista Juanma Lorente se ha posicionado precisamente en contra del tópico festivo. Su consejo es directo: “No vayas a la comida de empresa, no hace falta” si sabes que el ambiente puede torcerse. Y lo remata con una idea que pone nervioso a cualquiera: lo que ocurra esa noche puede tener consecuencias laborales.
Una comida de empresa no es “un bar cualquiera”
Lorente insiste en el punto clave del asunto: la cena no es un espacio neutro. “No estáis en un bar cualquiera, en un sitio cualquiera, con gente cualquiera. Estáis en un ambiente de trabajo”, dice. Esa frase resume cómo lo han entendido los tribunales: aunque la comida ocurra fuera del horario y del centro de trabajo, está vinculada al contrato si es un acto organizado por la empresa o claramente conectado con ella. Por eso, conductas graves allí pueden considerarse incumplimientos laborales.
¿De verdad te pueden despedir por lo que hagas allí?
Lorente advierte: “Cualquier cosa que hagas en la cena de empresa… que no le guste a tu jefe, que no le guste a la empresa o que pueda perjudicar de alguna manera a tu trabajo, es motivo de despido”. La frase puede sonar muy dramática, pero la idea de fondo es correcta: sí puede haber despido disciplinario si hay insultos, agresiones, acoso, amenazas, daños o conductas que rompan la buena fe laboral. Existen sentencias que han declarado procedentes despidos por episodios graves en cenas navideñas, especialmente cuando hay ofensas verbales o físicas entre compañeros.
Eso no significa que “cualquier cosa” valga para echarte. La empresa tiene que probar los hechos, demostrar que son graves y que afectan a la relación laboral. O sea: hay margen de defensa, pero el riesgo existe cuando te pasas de la raya.
El vídeo habla de experiencia laboral real. “Si te llevas mal con algún compañero, con un jefe… sabes que además de comer también vais a beber, no vayas”, recomienda. Y pinta el escenario de manual: dos copas, un cruce de miradas y un enfrentamiento que termina peor de lo previsto: “Todo lo que hagáis ese día puede terminar escrito en una carta de despido”.
No ir no es obligatorio
“Obligación no tenéis ninguna. No pasa nada porque no vayáis”. En el Estado, salvo que el evento se convoque como acto laboral obligatorio (algo poco habitual en cenas navideñas), no asistir es una decisión personal y no debería tener sanción. De hecho, recientemente se ha recordado que el trabajador tiene derecho a no participar en actividades lúdicas corporativas sin que eso pueda justificar un despido. Es decir: tu contrato es para trabajar, no para socializar.
“Si vais y la liáis, que sepáis que podéis tener una carta de despido preparada el lunes”, avisa Lorente. La comida de empresa es un entorno laboral extendido. No hace falta vivirla con miedo, pero sí con cabeza. Si te apetece ir, te llevas bien con el equipo y te sientes cómodo, disfruta. Si vas con ansiedad, con un conflicto mal cerrado o con la certeza de que el alcohol puede desatar lo peor, no ir es la mejor opción.