MADRID. Según la asociación, aunque en el cartel publicitario se recoge "la obviedad de que no se trata de una imagen real", AUC señala en su reclamación que la Ley sobre protección civil del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen señala en su artículo 7 que la utilización, sin consentimiento, del nombre, de la voz o de la imagen de una persona para fines publicitarios, comerciales o de naturaleza análoga es una intromisión ilegítima en esos derechos.
La norma señala en su artículo 2.1 que la protección civil del honor, de la intimidad y de la propia imagen quedará delimitada por las leyes y por los usos sociales atendiendo al ámbito que, por sus propios actos, mantenga cada persona reservado para sí misma o su familia. EP