- El Ayuntamiento de Basauri permitirá que los establecimientos hosteleros coloquen terrazas en zonas de estacionamiento de vehículos. Lo hará a partir de la semana que viene, cuando se podrán instalar excepcionalmente en estos espacios destinados a priori para los coches. La medida pretende "apoyar económicamente a la hostelería ofreciendo la opción de poder contar con más clientes en esos nuevos espacios", han indicado responsables municipales.

Con la intención de dar la mayor agilidad posible a los permisos de instalación, el equipo de gobierno ha convocado a todos los partidos a una Junta de Portavoces extraordinaria este próximo lunes para aprobar los requisitos que lo regularán. La propuesta "plantea que puedan colocar estas terrazas los locales que no tengan autorización previa para la instalación de la misma y que, por las características de la zona, no les sea posible su colocación en otro punto", concretan. Las autorizaciones se otorgarán "hasta el 31 de octubre de 2021 o mientras se mantengan el estado de emergencia o normativa que lo sustituya y establezca limitaciones al ejercicio de la actividad hostelera". En cuanto al tipo de terrazas que se podrán instalar, "se propone autorizar la instalación de un total de 3 mesas, 12 sillas y 3 sombrillas en el frente del local". Estas terrazas deberán contar con una tarima para garantizar la accesibilidad al espacio.

Asimismo, las titulares de la actividad "deberán delimitar la zona de la terraza con elementos de protección: new jerseys de agua y un vallado". Su horario de apertura el mismo que el del resto de terrazas de hostelería. Las solicitudes podrán remitirse al Ayuntamiento a partir del próximo martes y se presentarán en el Servicio de Atención Ciudadana (SAC), indicando de manera aproximada la fecha de instalación de la terraza.

Tránsito peatonal. Las terrazas no podrán colocarse en zonas de carga y descarga o en plazas de aparcamiento para personas con movilidad reducida. Además, se deberá respetar el tránsito peatonal y mantener libre el acceso a garajes y entradas a actividades contiguas. Asimismo, si la terraza rebasa la longitud de la fachada del local, y la distancia entre la terraza y la fachada de un local colindante, que cuente con actividad en funcionamiento, es inferior a 3,50 metros, se deberá acreditar la conformidad del titular de dicha actividad.