La Justicia da 48 horas a la EHU para cumplir las medidas cautelares sobre la PAU o se expone a un delito de desobediencia
La Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Bilbao dicta varios autos en los que requiere a la Euskal Herriko Unibertsitatea adoptar las medidas
La Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Bilbao ha dictado este martes varios autos en los que requiere a la Euskal Herriko Unibertsitatea (EHU) que ejecute, en un plazo máximo de 48 horas desde su notificación, las medidas cautelares acordadas el día anterior en relación con las reclamaciones presentadas por varios estudiantes de la Prueba de Acceso a la Universidad (PAU). "Una vez cumplido el plazo de las 48 horas, si no se hubieran puesto a disposición de los recurrentes los mecanismos necesarios para formalizar la inscripción, se procederá a deducir testimonio por delito de desobediencia", se recoge en el escrito al que ha tenido acceso este periódico.
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Entre las medidas acordadas figura la suspensión, a efectos del cálculo de la nota de acceso y admisión a la universidad, de las calificaciones obtenidas en el examen de euskera por los alumnos recurrentes que obtuvieron un cero o bajas calificaciones y acudieron a la vía judicial. El objetivo es que estos estudiantes puedan formalizar de manera efectiva sus preinscripciones universitarias mientras se resuelve el fondo del procedimiento.
Los autos advierten de que, si una vez transcurrido el plazo de 48 horas la EHU no ha puesto a disposición de los alumnos afectados los mecanismos necesarios para realizar la inscripción, el juzgado procederá a deducir testimonio por un presunto delito de desobediencia.
Asimismo, las resoluciones recuerdan que las medidas cautelares acordadas este lunes son ejecutivas desde el momento en que fueron dictadas. En este sentido, subrayan que la eventual interposición de un recurso de apelación por parte de la universidad tendría únicamente efecto devolutivo, por lo que correspondería a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco resolverlo, pero no efecto suspensivo. Por tanto, la presentación de dicho recurso no paralizaría la obligación de cumplir las medidas cautelares acordadas por el juzgado.
