El Consejo de Gobierno ha dado luz verde este martes al nuevo decreto que regula las actividades de ocio educativo infantil y juvenil en Euskadi, una norma que sustituye al marco vigente desde 1985 y que se enmarca en la reforma de la Ley de Juventud aprobada el pasado junio en el Parlamento Vasco. La nueva regulación llega tras los cambios legislativos impulsados por PNV y PSE y tras las denuncias registradas en relación con las colonias de Bernedo.

La consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico ha explicado que con este decreto el Ejecutivo busca reforzar las garantías para poder velar por el bienestar de los niños que participan en este tipo de actividades. En la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, Nerea Melgosa ha destacado que la nueva normativa ha sido elaborada en coordinación con las diputaciones, los ayuntamientos y las aportaciones realizadas por asociaciones de tiempo libre.

La consejera ha incidido en que este nuevo marco será el que deban cumplir todas las actividades de ocio que tengan una duración igual o superior a cuatro días consecutivos o si hay pernocta que sea igual o superior a tres noches.

Delegado de protección

El decreto refuerza el control de las actividades mediante la creación de la figura de la persona delegada de protección a la infancia y la adolescencia, que será obligatoria en todas las entidades organizadoras. Este delegado comprobará que el personal presenta el certificado negativo de delitos sexuales y los menores, sus familias y el personal podrán acudir a él si necesitan ayuda. Además de ser la figura referencial para ellas, será quien explique los protocolos de prevención y protección frente a la violencia y se asegurará de que todos los conocen y saben cómo utilizarlos.

Por otro lado, las administraciones públicas elaborarán protocolos de actuación para prevenir, detectar y actuar frente a la violencia machista y el acoso durante el desarrollo de dichas actividades. También se garantizará un uso responsable y educativo de las tecnologías, "protegiendo la intimidad, la imagen y los datos personales de los menores".

  • La norma actualiza los ratios de personal, que pasan a exigir siempre una persona directora y al menos dos monitores o monitoras por actividad, ampliándose en función del número de participantes.
  • En los grupos de más de 100 menores será necesaria una segunda dirección.
  • Con carácter general, a partir de 21 participantes se incorporará un monitor más por cada diez menores. Los nuevos ratios se aplicarán tres meses después de la entrada en vigor del decreto.

Más monitores

Otra de las novedades, el nuevo decreto introduce cambios en los ratios del personal encargado de dirigir y llevar a cabo estas actividades. A partir de ahora deberán contar siempre con director/a y dos monitores o monitoras. Además, el equipo responsable deberá ampliarse en la medida en que lo haga el número de participantes.

En el caso de aquellos grupos que rebasen el centenar de menores a cargo será, obligatoria la presencia de una segunda persona directora.

Se trata de una ampliación del personal implicado en estas actividades, ya que en el anterior decreto valía con un monitor para grupos inferiores a 10 niños. De este modo, tal y como ha ejemplificado la consejera, a partir de ahora en un grupo compuesto por 21 menores habrá 2 monitores y un director. En caso de que éste estuviese conformado por un total de 31 menores deberá haber, por tanto, tres monitores y un director.

Nerea Melgosa ha precisado que esas nuevas ratios se exigirán tres meses después de la entrada en vigor del decreto. Hasta entonces se aplicarán los que ya están vigentes.

El sistema de control previo se refuerza con la obligación de presentar una declaración responsable un mes antes del inicio de la actividad, en la que deberán figurar los datos de la organización, titulaciones del personal y seguro de responsabilidad civil.

Declaración responsable

Por otro lado, el Gobierno Vasco ha destacado que también se refuerza el control previo a través de una declaración responsable. En ella, la entidad organizadora deberá proporcionar los datos identificativos y de contacto de la persona representante y de la responsable, así como aportar la documentación que acredite los títulos del personal y el certificado de póliza de seguro de responsabilidad civil.

En cuanto a la inspección de estas actividades, se han incorporado tres nuevas inspectoras adscritas al Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico, en un dispositivo que cuenta con la participación, a su vez, de personal jurídico del Gobierno Vasco y técnicos de las diputaciones forales.

Según ha apuntado el Ejecutivo, estas profesionales ya están revisando la documentación presentada y realizando inspecciones presenciales de las actividades de ocio infantil y juvenil. Se encargan de comprobar que todo lo declarado por las entidades esté correcto, resuelven las posibles dudas que haya al respecto y, en el caso de que se identifique cualquier situación de riesgo o vulnerabilidad, este equipo dará conocimiento de ello a la Ertzaintza, a Servicios Sociales o al Departamento de Salud.

La norma refuerza el carácter inclusivo de estas actividades, garantizando apoyos y ajustes para menores con discapacidad. También se recoge la obligación de promover el uso del euskera y de garantizar los derechos lingüísticos de las personas participantes. En el ámbito digital, se establece un uso responsable de las tecnologías, con especial protección de la intimidad, la imagen y los datos personales de menores.

Entrada en vigor y vigencia

El decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOPV. Su aplicación será progresiva en lo relativo a las titulaciones del personal monitor, que deberán alcanzar el 60% en 2026, el 70% en 2027 y el 80% en 2028.

Los nuevos ratios de monitores y directoras, así como los requisitos de titulación para el desarrollo de las actividades, serán exigibles a los tres meses de la entrada en vigor de la norma. Hasta entonces, se mantendrán los criterios establecidos en el Decreto 170/1985. Asimismo, las declaraciones responsables presentadas con anterioridad a la entrada en vigor del nuevo decreto se regirán por la normativa anterior.