La aerolínea Vueling ha sido condenada a indemnizar con más de 1.200 euros más intereses legales a dos pasajeras afectadas por cancelaciones y modificaciones abusivas en sus vuelos. La sentencia, obtenida gracias a la intervención de la asociación de personas consumidoras EKA/ACUV, refuerza el derecho de los viajeros a recibir información clara, directa y veraz sobre cualquier cambio en sus vuelos.

Los hechos se remontan a enero de 2024, cuando las denunciantes contrataron con Vueling un vuelo de ida y vuelta entre Bilbao y Santiago de Compostela. A la ida, el vuelo fue cancelado sin previo aviso efectivo, y las pasajeras se enteraron en el mismo aeropuerto, lo que derivó en una reubicación con más de siete horas de retraso. Además, durante la espera tuvieron que asumir gastos adicionales en comida.

La situación empeoró en el trayecto de vuelta, cuando la aerolínea adelantó el vuelo sin ofrecer alternativas adecuadas. Esto obligó a las pasajeras a alquilar un coche para poder regresar a Bilbao y abonar el coste de la gasolina.

Vueling informó solo a la agencia

EKA/ACUV reclamó en su nombre la indemnización correspondiente al Reglamento Europeo 261/2004, que protege a las personas pasajeras en casos de cancelaciones, grandes retrasos y denegaciones de embarque.

Vueling intentó eludir su responsabilidad alegando que había informado de los cambios a través de correos electrónicos enviados al intermediario de la reserva. Sin embargo, el tribunal consideró que la compañía debía asegurarse de que la notificación llegara directamente a las personas afectadas, salvo autorización expresa en sentido contrario.

Además, el juzgado sentenció que un adelanto sustancial del vuelo puede considerarse legalmente como una cancelación, lo que conlleva el mismo derecho a compensación.

Indemnización

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Vueling deberá abonar a las pasajeras 1.235,74 euros más intereses legales que corresponden a 500 euros por pasajera en concepto de indemnización, 30,55 euros por gastos de comida, 205,19 euros por el alquiler del vehículo y gasolina. La compañía también deberá hacerse cargo de las costas judiciales

Desde EKA/ACUV celebran esta resolución como un nuevo paso en la defensa de los derechos de las personas consumidoras. "No basta con incluir en letra pequeña condiciones que puedan afectar a un vuelo" ya que "la información no es un favor, es un derecho”, señalan desde la organización. También recuerdan que muchas aerolíneas se escudan en cláusulas poco transparentes o comunicaciones poco efectivas para eludir responsabilidades.