El Colegio de Administradores de Fincas de Bizkaia comparte a través de su página web los requisitos que deben cumplir las cámaras de seguridad que se instalen en comunidades. Tal y como señalan en esta información, a pesar de contar con la aprobación de la junta, únicamente se podrán instalar en las zonas comunes de la propiedad. Por otro lado, deberán enfocar siempre dentro de los límites, es decir, sin captar imágenes de la vía pública. Según señalan, tampoco podrá captar elementos de uso privativo de otros vecinos, como patios y terrazas.

Además, desde la Agencia Española de Protección de Datos hacen especial hincapié en que deberán instalarse carteles informativos de que se accede a una zona videovigilada.

Prohibido grabar sin avisar

En ese aspecto incide también Ascroin S.A., una empresa que se dedica a la videovigilancia en Bizkaia y que conoce de primera mano los entramados legales en este tipo de situaciones. “Efectivamente no se puede grabar sin avisar de que se está haciendo. La persona que pueda sentir que su privacidad está siendo invadida tiene derecho a solicitar que se borren las imágenes en caso de ser cierto”, concluye una de sus trabajadoras que prefiere no desvelar su identidad.

Según esta experta, lo primero que hay que conocer es si de verdad se está grabando. “En la mayoría de los casos los dispositivos no están recogiendo imágenes realmente, simplemente se utilizan de forma disuasoria”, asevera.

Como sucede en este caso, en las situaciones de este tipo que se llevan a cabo en una comunidad de vecinos es necesario aprobarlo en una junta, a no ser que esté establecido previamente en sus estatutos.

Borrado de imágenes en un mes

El vecino tiene derecho a grabar su entrada, eso es obvio. El problema surge cuando también está grabando la propiedad de enfrente, eso es otra cosa”, señala. Sin embargo, según su criterio, la Ertzaintza tendrá que comprobar si realmente las grabaciones se están produciendo enfocando a la propiedad de Javier.

En opinión de esta trabajadora de Ascroin, cumplir con la legalidad o no en estas situaciones es algo ambiguo, que varía dependiendo de la casuística.

“Una vez que la denuncia está formalizada el vecino implicado deberá de demostrar que tiene señalizado correctamente que cuenta con dispositivos de grabación en su domicilio. Si es así, pasarán al tema de protección de datos”, confirma.

La documentación de protección de datos solicitada a las personas que desean tomar imágenes en su propiedad les obliga a borrar las imágenes en el plazo de un mes en caso de que alguien afectado lo solicite. Sin embargo, las grabaciones, por norma general, no se guardan más de 28 días, por lo que esta medida no resulta muy efectiva.

Otro de los aspectos a tener en cuenta es la capacidad de grabar de la propia cámara a larga distancia, algo que no suele ser habitual. “La mayoría de los visores que se utilizan para temas de seguridad no cuentan con la suficiente nitidez para grabar dentro de otro domicilio a esa distancia. Luego hay otro tipo de dispositivos, bastante más caros, que se suelen utilizar para casos más singulares, aunque no es lo habitual”, puntualiza.