La Audiencia de Bizkaia ha absuelto a los cuatro trabajadores de la Diputación Foral de Bizkaia que estaban acusados de firmar una orden foral en la que" retiraban de manera de manera violenta" la custodia de una niña a su madre.En la sentencia hecha pública este miércoles la sección segunda de la Audiencia Provincial de Bizkaia considera que los "hechos no resultan incardinables en el delito de prevaricación administrativa"

y que no se ha practicado prueba suficiente para dar por acreditados" los delitos de prevaricación, malos tratos y lesiones psicológicas" de los que eran acusados los cuatro trabajadores del servicio de Infancia foral. Por lo tanto, el tribunal ha absuelto a los acusado de dichos delitos y a la Diputación Foral de Bizkaia como responsables civil subsidiaria.

El fallo será recurrido por la acusación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, según ha comunicado la propia Costumero.

En junio se celebró en la Audiencia de Bizkaia el juicio contra la Diputación Foral de Bizkaia por firmar una orden foral por la que retiraban a Irune Costumero la custodia de su hija de 5 años al considerar que "la manipulaba contra su padre". Según denunciaba la madre, aplicaron el llamado "síndrome de alienación parental", una falsa patología que no está reconocida por ninguna institución médica o psiquiátrica internacional, pero que se aplica en los procesos judiciales y tiene como consecuencia la retirada de custodia de las madres acusándolas de influir en que sus hijos no quieran ver a sus padres.

En lo que se refiere al síndrome de alienación parental, la Audiencia recuerda en su sentencia que los técnicos forales precisaron que cuando empelaron en su informes esta terminología no se referían a un síndrome" sino a una sintomatología apreciada en la menor en su relación con los progenitores que hacía que estuviera posicionada en contra de uno de ellos sin causa justificada a lo largo de las numerosas actuaciones deplegadas", desde el ámbito judicial, servicios sociales de Barakaldo y el Área de Infancia de la Diputación vizcaina.

ORDEN FORAL

Cuatro responsables institucionales, entre los que se encontraba el actual diputado de Acción Social, Sergio Murillo -firmó la orden en ausencia del director y de la diputada-, se sentaron en el banquillo de los acusados.

El tribunal debía dictaminar si los responsables de la institución vizcaina cometieron "prevaricación" al separar a madre e hija y si eran responsables de su sufrimiento. El fallo judicial indica que la orden foral por la que fue retirada la menor a su madre "no fue una resolución arbitraria o grosera" y quienes la dictaron "no actuaron a sabiendas de su injusticia".

Para el tribunal no resulta "descabellado pensar que si los acusados no hubieran actuado como lo hicieron"podría habérselas reclamado responsabilidades por incumpliento de los deberes que legalmente tenían asignados "y catalogado su actuación como de "prevaricaciñon administrativa omisiva".

La madre de la menor, Irune Costumero, denunció una actuación "violenta" en la que la menor fue "agarrada fuertemente del brazo". Para la sección segunda de la Audiencia de Bizkaia, esta es la única prueba incriminatoria ya que "ninguna de las personas que estaban allí presentes han confirmado dicha actuación desproporcionada. Concretamente, en relación a este suceso denunciado por Costumero, durante la vista oral, a instancias de la acusación particular, se pudo escuchar una grabación con gritos de la niña y sollozos de la madre cuando fueron separadas por la institución foral. Según recoge la sentencia, contra la que cabe presentar recurso ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, de la reproducción de la citada grabación "no se desprende la veracidad de las afirmaciones de la acusación de que la menor pudiera estar siendo llevada en volandas y a la fuerza por parte de los acusados, ni de que arrancaran a la menor de brazos de su madre".