La familia de la víctima de abusos sexuales por parte de un exprofesor de Gaztelueta solicitó ante la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Bizkaia el ingreso en prisión de Txema M. "La alarma social causada por la rebaja de la condena a dos años de cárcel por parte del Tribunal Superior (TS), respecto a los once años de la pena, no puede verse incrementada por la libertad de un pederasta bendecida por nuestro poder judicial", sostienen los padres del joven.

En el escrito de alegaciones, la abogada Leticia de la Hoz explica que aunque el culpable no tiene antecedentes y su pena no supera los 24 meses de prisión, y por lo tanto, podría librarse de la cárcel, hay un tercer factor que es relevante. "En el presente caso, si bien el penado reuniría las dos primeras condiciones necesarias para acceder a la suspensión de la pena -tener la condición de delincuente primario y que la pena impuesta no exceda de dos años-, hasta la fecha no ha realizado esfuerzo alguno de resarcir las responsabilidades penales derivadas de la comisión del delito ni mostrado signos de arrepentimiento alguno. Aun en el caso de que el penado cumpliera el mínimo de condiciones necesarias para acceder a la suspensión de la pena, la valoración de las circunstancias objetivas del delito por el que ha sido condenado y específicas del propio autor deben llevar a la denegación de la suspensión de la pena", refleja el documento presentado ante la Audiencia.

Asimismo, la letrada hace hincapié en "la gravedad de la conducta por la que ha sido condenado: un delito continuado de abusos sexuales a un menor, cometido por el autor den el ejercicio de la docencia y en las instalaciones de un centro escolar". Es, precisamente este aspecto el que motiva, principalmente, esta petición a la Audiencia por parte de la víctima. "¿Es permisible que un pederasta condenado por abusos continuados en un colegio del Opus no entre en prisión? Nadie, objetiva o subjetivamente, lo entendería. El riesgo social que supone dejar sin control y en libertad a un pederasta condenado es más que evidente", reflexionan los padres.

Además de todo ello, el escrito de alegaciones hace alusión a la jurisprudencia de los casos Pantoja, Matas y Pallerols. En los tres se cumplían las condiciones señaladas en el artículo 81 del Código Penal para dejar en suspenso la ejecución de pena privativa de libertad, pero por distintos motivos esgrimidos por los jueces, los condenados terminaron en la cárcel.