BILBAO. La Diputación también ha recordado que para utilizar fuego en la realización de quemas en terrenos situados a menos de 200 metros de los montes es preceptiva la autorización oportuna. La solicitud debe presentarse en la correspondiente Oficina Comarcal Agraria (OCA) y, una vez concedida, tiene un período de validez de 90 días desde su expedición.

No obstante, el día concreto de realización de la quema, la persona solicitante debe ponerse en contacto con Base Gorria (944 465 297) para conocer si esa jornada los trabajos de quema están autorizados y hasta qué hora.

En todo caso, la institución foral ha subrayado que estas labores siempre deberán realizarse "extremando al máximo las medidas preventivas y con carácter general de acuerdo a las especificaciones establecidas en el artículo 3 de la Orden Foral 5699/2012 de 11 de octubre".

Asimismo, la Diputación ha destacado que en el territorio histórico de Bizkaia se ha constatado la reducción en el número de incendios de carácter intencionado y los originados por imprudencias atribuibles a las labores de prevención y vigilancia, así como a las campañas de divulgación respecto a los riesgos del empleo del fuego y la regulación de su uso en el cumplimiento de la normativa sectorial que realiza el Departamento foral de Agricultura.

En este sentido, la institución foral ha considerado que la normativa vigente destinada a regular las autorizaciones de permisos de quema puede considerarse "una herramienta eficaz".

Cada año, el Departamento foral de Agricultura atiende alrededor de 5.000 llamadas en relación con autorizaciones de permisos de quema con objeto de obtener información respecto a las condiciones climáticas previstas y la posibilidad de ejecutar la quema. La idoneidad para la realización de las quemas es establecida por el personal técnico del Servicio de Montes del Departamento de Agricultura en función del índice de riesgo de incendios. Están prohibidas en situaciones de riesgo elevado o extremo.