Bilbao equipara las habitaciones a las viviendas turísticas
Es una de las novedades de la modificación del PGOU sobre los alojamientos turísticos y viviendas colectivas
Contar con una regulación "firme, estable y permanente", que no esté vinculada a la declaración de Bilbao como zona tensionada de vivienda, es el propósito de la modificación del Plan General de Ordenación Urbana relativa a los alojamientos turísticos y viviendas colectivas.
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Una de las medidas que se incluye es que periódicamente se revisará qué zonas o barrios de la villa tienen mayor concentración de este tipo de establecimientos y que tendrán está normativa específica. Según ha avanzado, Asier Abaunza, concejal de Planificación Urbana, Proyectos Estratégicos y Espacio Público, para "el resto de zonas se aplicará la normativa general".
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Está regulación, en la que se han incluido cuatro alegaciones parciales de las 16 presentadas, igual la calificación de las habitaciones turísticas a la de viviendas turísticas y, por ejemplo, en el ámbito del PER del Casco Viejo sólo podrán estar ubicadas en planta baja o primera planta. Además, se destaca que esos edificios donde haya habitaciones deberán contar con ascensor.
Así mismo, en las zonas de mayor concentración de alojamientos turísticos se prohíbe la conversión de un edificio en apartamentos turísticos "comprando todo el edificio".
Residencias de estudiantes
Otra limitación que se incluye es que las residencias de estudiantes, ubicadas fuera de las zonas de alta concentración turística (Zacat), durante los meses de julio y agosto podrán dedicar parte de sus alojamientos a uso turístico pero reservando siempre un 30 por ciento de las plazas para estudiantes. Para las residencias localizadas en la Zacat está opción está prohibida y no pueden tener un uso turístico.
En esa línea, las residencias que presten un servicio sociosanitario y estén vinculadas a un convenio con alguna entidad tendrán un plazo de tres meses para renovar ese convenio o presentar uno nuevo. EN ELABORACIÓN
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