La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha ratificado la prohibición de consumir golosinas y refrescos en las salas de cine, decretada por el Gobierno vasco. La justicia ha decidido denegar la suspensión cautelar de la vigencia de esta restricción solicitada por la asociación de salas de cine de Euskadi, EZAE, y la Federación de Cines de España, FECE.

La Sala cree que los perjuicios económicos que atribuyen estos organismos denunciantes a la citada restricción, "no han sido probados". Además considera que pueden ser resarcidos, en su caso, por la Administración posteriormente, y no son de "imposible reparación" como alegan. Se trata de la primera resolución favorable a las medidas preventivas para combatir el coronavirus adoptadas por el Gobierno de Iñigo Urkullu, tras una serie de varapalos judiciales como el referido al cierre de bares de municipios en zona roja, o al aforo en los estadios.

Las asociaciones de salas de cine presentaron recurso el pasado 26 de octubre en el que solicitaban que se suspendiera de urgencia la prohibición de consumir golosinas y bebidas del Gobierno vasco. A su juicio, se trata de una restricción "arbitraria y desproporcionada" que supone pérdidas diarias de 27.432 euros.

El tribunal, sin prejuzgar el fondo del asunto, entiende que no procede la adopción de la medida cautelar solicitada "al no quedar acreditado que la ejecución del acto o la aplicación de la disposición pudieran hacer perder su finalidad legítima al recurso". La sentencia estima que, "de forma nítida", se puede sostener que si se produjera el perjuicio económico que dicen tener las salas de cine podría ser compensado mediante indemnización por la Administración.

"No se ha aportado un solo principio de prueba que permita dudar de que la Administración no pueda hacer frente a sus obligaciones indemnizatorias en caso de que finalmente resulte obligada a ello", argumenta. Los magistrados del TSJPV aseguran que "en modo alguno nos encontraríamos ante una situación de imposible reparación".

"Meras estimaciones"

Critican también que el informe sobre efectos económicos de esas medidas presentado por los recurrentes lo han realizado ellos mismos sin aportar la base documental y criterios metodológicos que los sustentan, "por lo que no resulta posible atribuirles en este momento el valor probatorio pretendido, al tratarse de meras estimaciones".

La Asociación de salas de cine de Euskadi y de la Federación de Cines de España argumentaron en su solicitud que el mantenimiento en vigor de la medida ocasionaría perjuicios de miles de euros cada día.

Señalaban asimismo que la prohibición provocó que cines que ya habían sacado a su personal de ERTE hayan tenido que volver a los mismos y que "algunas de las salas no van a poder abrir y otras pueden verse abocadas a su cierre porque el servicio de venta y consumo de golosinas, refrescos y similares garantiza la viabilidad de los negocios".

Antes de conocer esta resolución favorable, el portavoz del Gobierno vasco, Bingen Zupiria, volvió a apoyar la orden decretada por Salud porque, según insistió, es "incompatible" comer y beber en las salas de cines, espacios cerrados en los que se juntan personas, con el uso obligatorio de la mascarilla.