El Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) publica el decreto, que entra en vigor a las 00.00 horas del martes, y que incluye la libre circulación de personas entre territorios y elimina el establecimiento de medidas específicas para los municipios que superan la incidencia de 500 casos por 100.000 habitantes.

El BOPV recoge este lunes el decreto 13/2021 de 6 de marzo de primera refundición en un único texto y contiene la actualización de medidas específicas de prevención en el ámbito del estado de alarma como consecuencia de la evolución de la pandemia.

La principal novedad es que desde esta medianoche los vascos podrán desplazarse sin limitaciones dentro de la comunidad autónoma, algo que no podían hacer desde el pasado 13 de enero, aunque continúa el confinamiento perimetral.

Asimismo se elimina la referencia de la tasa de incidencia acumulada superior a los 500 casos para determinar restricciones dentro de los municipios.

EXÁMENES

En un anexo de medidas específicas en materia de salud pública, recoge que las convocatorias correspondientes para procesos selectivos públicos o privados, la obtención de títulos educativos y de idiomas y a otros análogos deberán respetar el límite del 50 % de aforo de los locales donde se celebren.

La entidad organizadora deberá contar con un protocolo anticovid que garantice el cumplimiento de las medidas necesarias para minimizar el riesgo de transmisión del virus.

Se mantienen las medidas relacionadas con los locales de hostelería y restauración al tiempo que se estipula que "los txokos, sociedades gastronómicas, lonjas y similares permanecerán cerrados.

CULTURA

Las visitas a museos, salas de exposiciones y otros equipamientos culturales serán en un máximo de 6 personas, sin incluir la monitora o guía, siempre haciendo uso de la mascarilla, mientras las actividades y espectáculos no podrán finalizar más tarde de las 21.00 horas, como hasta ahora.

Asimismo se mantienen vigentes el resto de restricciones como la limitación de personas a un máximo de cuatro, el toque de queda desde las 22.00 a las 06.00 horas, el cese de las actividades comerciales y culturales a las 21.00 horas, los aforos del 40 % en los comercios de más de 150 metros cuadrados y del 60 % en los que no lleguen a esa superficie y la limitación del máximo de aforo en los centros de culto en un 35 %.