Los ciudadanos vascos que se desplacen por motivos laborales estos días de confinamiento por la pandemia de coronavirus podrán portar el modelo de certificado facilitado por el Gobierno vasco, aunque también serán "válidos otros de similares características".

El Departamento de Seguridad ha detallado en un comunicado los criterios de aplicación de la alarma sanitaria por parte de la Ertzaintza y de las policías locales en Euskadi, donde el certificado para los desplazamientos "no es preceptivo", aunque sí "aconsejable" en el caso de los que se realice por causas laborales.

En el caso de no portar dicho documento, la autoridad analizará la información facilitada y, en caso de generar dudas, realizará las comprobaciones oportunas.

Los ciudadanos solo podrán circular por las vías o espacios públicos para adquirir productos de primera necesidad; acudir a centros sanitarios; asistir y cuidar a mayores, menores, dependientes y personas con discapacidad o especialmente vulnerables; desplazarse a entidades financieras, de seguros o notarías, y motivos de fuerza mayor.

De la misma forma que hasta ahora, los desplazamientos a pie se deberán realizar individualmente salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores y mayores o por causa justificada y se solicita, en todo caso, que todos los movimientos se limiten siempre al máximo.

El Departamento vasco de Seguridad aclara que se puede visitar a familiares dependientes para su asistencia y cuidado en el domicilio, al que podrá trasladarse también el personal encargado de su asistencia ya que forma parte de los "servicios esenciales" permitidos en el decreto del Gobierno.

Se prohíben los velatorios y se condiciona la asistencia a las ceremonias civiles y religiosas, incluidas las fúnebres, en las que se deberá respetar entre los asistentes una distancia mínima de un metro y medio.

Sí se permiten los traslados para cambiar la custodia de hijos ya que se entiende que se trata de cuidar de un menor de edad o persona dependiente.

Los ciudadanos podrán bajar la basura y pasear a sus mascotas el tiempo imprescindible y en las proximidades del domicilio, aunque no podrán estar en los espacios comunes del edificio, esto es, escaleras, jardines o patios.

En cuanto a las restricciones de circulación, se mantiene que en un turismo podrán viajar un máximo de dos personas, un conductor y un ocupante, quien viajará en la parte de atrás en diagonal con el chófer. En el caso de vehículos profesionales en actividad laboral podrán ir conductor y copiloto.

También se permite circular individualmente en taxis, motos y bicicletas siempre por las causas de movilidad previstas en el estado de alarma, entre las que figura la firma de un contrato o documentación "sólo por causa justificada y si es inaplazable".

Las aclaraciones aportadas este martes por el Departamento de Seguridad recuerdan la prohibición de desplazarse a segundas residencias, precisan que los repartidores de paquetería podrán circular libremente para realizar su trabajo conforme a las restricciones aprobadas y señalan que lógicamente no está permitido ir al parque, a la playa o al monte.

Entre los establecimientos que continúan abiertos figuran los de alimentación, farmacias, sanitarios, ópticas, ortopedias, productos higiénicos, prensa y papelería, gasolinera, tabacos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos de animales, comercio por internet, telefónico o correspondencia, tintorerías, lavanderías y clínicas veterinarias, empresas de alquiler de vehículos, entidades bancarias, notarías, asesorías, aseguradoras, abogados y gestorías.

Se mantiene la entrega de comida a domicilio, mientras que las peluquerías seguirán cerradas, aunque se permite el servicio profesional a domicilio.

Los establecimientos que no tienen permiso para abrir al público pueden desarrollar labores de mantenimiento y mejora en el interior siempre que las tareas corran a cargo de un trabajador por cuenta propia.