La Fiscalía ha recurrido ante el Tribunal Supremo para que suspenda la semilibertad de los dirigentes soberanistas catalanes condenados por el procés mientras el juzgado resuelve si les revoca el tercer grado.. En concreto de trata del exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, los exconsellers Raül Romeva, Joaquim Forn, Jordi Turull y Josep Rull, y los Jordis, Sànchez y Cuixart.

Igual que hiciera con la decisión del juzgado de vigilancia penitenciaria de mantener por ahora en semilibertad a la exconsellera Dolors Bassa y a la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, la Fiscalía presenta ante el alto tribunal un recurso de apelación en el que pide suspender el tercer grado del resto de los presos del "procés".

De esa forma, será el Supremo quien decida si corrige la decisión de los jueces de vigilancia de Catalunya, que la semana pasada descartaron suspender el régimen de semilibertad a los nueve líderes del procés mientras resuelven sobre el fondo de los recursos que la Fiscalía presentó contra el tercer grado.

En sus recursos al Supremo, el ministerio público argumenta que, de no suspenderse la semilibertad de los presos del "procés", se podría dar pie a un “vaciado de la pena” impuesta por el Supremo y a un “no acatamiento” de la sentencia por parte del Departamento de Justicia.

Así ocurrió, según la Fiscalía, cuando el pasado mes de julio la Generalitat concedió por primera vez el tercer grado a los nueve presos del "procés", que el Supremo acabó revocando cinco meses después. En el caso de Bassa y Forcadell, quienes, a diferencia de los presos en Lledoners, disfrutaron durante esos cinco meses del tercer grado porque el juzgado de vigilancia correspondiente no se lo suspendió, la Fiscalía recuerda que en el último medio año solo han estado 57 días en "el régimen de segundo grado que era el que les correspondía", una situación que, alerta, "se puede repetir 'sine die' hasta el final de la condena".

El fiscal cuestiona en sus recursos el argumento del juzgado de vigilancia número 5 de Catalunya, que descartó suspender la semilibertad de los presos en Lledoners en base a una interpretación restrictiva de un artículo de la Ley Orgánica del Poder Judicial que, según la Fiscalía, obligaría a suspender de forma automática el tercer grado penitenciario cuando este ha sido recurrido.

En opinión del juez, los recursos de apelación en materia penitenciaria solo tienen efectos suspensivos en los casos en que se impugnen resoluciones judiciales, no administrativas. Para la Fiscalía, "si frente a la resolución de la autoridad judicial, que es la encargada de revisar la resolución administrativa, el recurso es suspensivo, necesariamente el recurso frente a la administración también debe considerarse suspensivo".

La Generalitat volvió a conceder el pasado 28 de enero a los políticos presos el tercer grado que el Supremo les había revocado en diciembre, lo que les permitió participar en la campaña del 14-F, aunque la Fiscalía lo recurrió al día siguiente de las elecciones alegando que se estaba vaciando de contenido la sentencia del "procés".