MADRID. La Junta Electoral Central (JEC) ha ordenado al presidente de la Generalitat, Quim Torra, a que antes de las tres de la tarde del viernes, día 4 de octubre, retire de los edificios públicos de la Administración del Gobierno catalán los símbolos independentistas o de apoyo a los políticos presos o huidos que luzcan en ellos porque su exhibición supone un incumplimiento de la obligación de neutralidad política que los poderes públicos deben mantener durante el periodo electoral.

El organismo arbitral atiende así la denuncia planteada por Ciudadanos la semana pasada. Precisamente el pasado viernes, por orden del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), fue retirada de la fachada principal del Palacio de la Generalitat una pancarta que aludía a los "presos políticos y exiliados".

Pero, unas horas después, los activistas independentistas Antonio Baños, Lluís Llach, Teresa Casals y Sílvia Bel colocaron un nuevo letrero con el lema "libertad de opinión y expresión" y, en pequeño, "artículo 19 de la declaración universal de los derechos humanos", sin ningún símbolo más.

En su resolución de este miércoles, recogida por Europa Press, el organismo arbitral reitera los argumentos que ya esgrimió en los sucesivos acuerdos que, sobre el mismo asunto, adoptó durante la campaña de las elecciones generales del pasado 28 de abril.

3.000 EUROS DE MULTA

Pese a los sucesivos requerimientos de la Junta Electoral Central para que retirara símbolos como los lazos amarillos de los edificios públicos, Torra se negó a hacerlo y el organismo acabó imponiéndole una sanción de 3.000 euros.

Además, la JEC denunció ante la Fiscalía al presidente catalán, que está citado el próximo 18 de noviembre para ser juzgado por desobediencia en el TSJC. El Ministerio Público solicita para Torra un año y ocho meses de inhabilitación y una multa de 30.000 euros.

En su resolución de este miércoles, la JEC recuerda a Torra que puede volver a incurrir en "responsabilidades administrativas y, en su caso, penales", si no retira antes de las tres de la tarde del viernes las "banderas esteladas, lazos amarillos u otros de análogo significado, las fotografías de candidatos o políticos así como las pancartas, carteles o cualquier símbolo partidista o que contenga imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas por cualquiera de las entidades políticas concurrentes a las elecciones".

Asimismo, la Junta conmina a Torra a adoptar todas las medidas necesarias para que se "ejerza una vigilancia permanente para que no se vuelvan a colocar durante el periodo electoral ninguno de estos símbolos partidistas.

También insta a la delegada del Gobierno en Catalunya, Teresa Cunillera, a informar al organismo arbitral si se da o no cumplimiento a su requerimiento de retirada de los símbolos dentro del plazo previsto.

NO VALE LA JURISPRUDENCIA ALEMANA

El 'arbitro' de las elecciones también aprovecha su resolución para replicar a algunas de las alegaciones realizadas por el presidente de la Generalitat ante la denuncia de los de Albert Rivera.

Así, le recalca que la JEC es competente para decidir sobre la petición del partido naranja, puesto que su denuncia se extiende a la toda la comunidad autónoma catalana, y le deja claro que la exhibición de símbolos partidistas en edificios públicos "nada tiene que ver con el uso legítimo de los símbolos legales que pueda tener una comunidad autónoma".

Además, añade que, "como es notorio", en este caso no resulta aplicable la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Federal alemán a la que aludía el Gobierno catalán y que, según subraya la JEC, versa sobre la neutralidad ideológica del Estado en materia religiosa, que "nada tiene que ver" con el tema de los símbolos independentistas. Autor: LLR/ROSA