Síguenos en redes sociales:

Retiran la RGI a un bilbaino por gastarla en Glovo, Moma, Spotify Premium y Just Eat

La sentencia, dictada el 21 de abril de 2026, ratifica la resolución previa de Lanbide y del Juzgado de lo Social número 9 de Bilbao

Retiran la RGI a un bilbaino por gastarla en Glovo, Moma, Spotify Premium y Just EatPixabay

Just Eat, Glovo, Spotify, fiesta en la discoteca Moma de Bilbao... El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) confirma la retirada temporal de prestaciones de Renta de Garantía de Ingresos (RGI) y Prestación Complementaria de Vivienda (PCV) a un vecino de Bilbao al considerar acreditado un uso "no esencial" de los recursos económicos recibidos.

La sentencia, dictada el 21 de abril de 2026, ratifica la resolución previa de Lanbide y del Juzgado de lo Social número 9 de Bilbao, que apreciaron un incumplimiento de las obligaciones ligadas a estas ayudas asistenciales.

Este caso gira en torno a distintos movimientos bancarios registrados entre abril y junio de 2022. Según se recoge en el fallo judicial, el beneficiario de estas ayudas realizó gastos habituales en bares, restaurantes, comida a domicilio, ocio nocturno y plataformas de música mientras recibía las ayudas públicas. Solo en abril, el gasto conjunto que realizó alcanzó los 237 euros, incluyendo consumos en la discoteca Moma.

Glovo, Just Eat...

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco también detalla pagos recurrentes a plataformas de reparto de comida a domicilio. El usuario realizó pedidos a Glovo en varias ocasiones durante abril y mayo, acumulando más de 215 euros en apenas dos meses.

Te puede interesar:

En junio, los pedidos continuaron a través de Just Eat, con un gasto adicional superior a 73 euros. A ello se suman consumos considerados "no imprescindibles" por Lanbide y respaldados posteriormente por los tribunales, como suscripciones mensuales a Spotify Premium y compras en estancos.

Otro de los elementos importantes para el tribunal fue la contratación de un préstamo de 9.500 euros en marzo de 2022. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco entiende que esta operación "agravó" la situación económica del beneficiario y "contravenía la obligación legal de administrar responsablemente los recursos". Con esta resolución, el TSJPV confirma en un escrito que no es firme y puede ser recurrido ante el Tribunal Supremo, la obligación de devolver 3.524,75 euros percibidos de forma indebida.